¿Cómo afecta a los trabajadores la Ley Beckham?


Compartir

–¿Se puede renunciar a la aplicación de la Ley Beckham una vez que ya has solicitado su aplicación?

–Sí, mediante la comunicación de la renuncia durante los meses de noviembre y diciembre del año anterior a aquel
a partir del cual se quiere dejar de aplicar el régimen. Para ello, habrá que dirigir una comunicación a la empresa pagadora, que deberá sellarla. Esta comunicación, posteriormente, deberá presentarse ante la Agencia Tributaria.



La Ley Beckham, que recibe este nombre del famoso futbolista David Beckham por ser de las primeras personas en beneficiarse de la norma, es, en realidad, la Ley de Régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español. Se trata de una herramienta tributaria destinada a aquellos individuos que trasladan su residencia fiscal a territorio español a raíz del ejercicio de una actividad laboral.

Este régimen ofrece la posibilidad de beneficiarse de una tributación más favorable, permitiendo a los contribuyentes aplicar las reglas del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), aun cumpliendo con las condiciones para tener consideración de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF). Esta dualidad tributaria lleva a un ahorro fiscal considerable en comparación con el régimen fiscal general, incentivando la atracción de talento y profesionales altamente cualificados de otras naciones hacia España.

Uno de los principales atractivos de este régimen radica en la tasa impositiva fija del 24% para la base imponible general hasta 600.000 euros, cuantía a partir de la cual el tipo impositivo se eleva al 47%. Esta es una importante diferencia con respecto al régimen general, que aplica un tipo impositivo progresivo en función del nivel de ingresos, que va desde el 19% al 49%. Además, los contribuyentes solo deben tributar en España por las rentas generadas en el país, salvo los salarios, que tributan en su totalidad, independientemente del lugar en el que se hayan generado, lo que representa una reducción sustancial en comparación con el régimen general.

Otro beneficio fiscal significativo es la no necesidad de presentación del modelo 720 para los bienes ubicados en el extranjero, o tributar únicamente por el Impuesto sobre el Patrimonio por las propiedades de las que se disponga en España. A partir de 2023, se permite, además, la extensión de esta opción especial de tributación al cónyuge e hijos menores del contribuyente que se trasladen con él.

Residencia fiscal

Este régimen, si bien es opcional, está sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos para su solicitud. Es fundamental que el solicitante no haya sido residente fiscal en España durante, al menos, los cinco años previos a su desplazamiento, que podrá llevar a cabo, bien durante el primer año de aplicación de la Ley Beckham o durante el año inmediatamente anterior, debido a la celebración de un contrato laboral, la asunción de un cargo de administrador en una entidad, o el inicio de una actividad emprendedora en España, entre otros.

Además, la Ley Beckham puede aplicarse durante el período fiscal en el que el contribuyente traslade su residencia fiscal a territorio español, así como durante los cinco períodos fiscales siguientes.

El propósito principal de esta ley es doble: por un lado, potenciar el régimen fiscal español como respuesta a la alta competencia fiscal de otros países y, por otro, atraer a trabajadores cualificados a España que permitan incrementar la competitividad de las empresas españolas.

La cifra

6 meses es el plazo, desde el comienzo de la actividad laboral, que tiene el contribuyente interesado en tributar según la Ley Beckham para que se lo comunique a la Administración tributaria

Puede enviar sus preguntas a: asesorlegal@vidanueva.es

Un servicio ofrecido por:
Logo Alter Consultores Legales

Lea más: