Redactor de Vida Nueva Digital y de la revista Vida Nueva

¿Para qué sirve un padrino o una madrina?


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El decreto

El obispo Domenico Mogavero, que esta al frente de la diócesis italiana de Mazara del Vallo en Sicilia, acaba de publicar un decreto que lleva en vigor desde el pasado 1 de enero. Hasta diciembre de 2024 en su diócesis, de forma experimental, se ha suspendido la elección de algún padrino o madrina para los bautizos, las confirmaciones o los diferentes ritos de la iniciación cristiana de adultos.



Para evitar prohibir estas figuras, previstas en el Derecho Canónico siguiendo una antigua tradición, el prelado establece que junto al ministro del sacramento los padres o los catequistas que han preparado al admitido al sacramento son los que harán esa función. En el decreto el obispo señala que “el oficio de padrino en los sacramentos del bautismo y de la confirmación ha perdido su significado originario, limitándose a ser una presencia litúrgica puramente formal a la que no sigue un acompañamiento del bautizando y confirmando en el camino de crecimiento humano y espiritual”.

Al parecer, lo dice incluso el decreto, hay experiencias similares en otras diócesis italianas. El decreto episcopal también pide que en estos dos años se omita su parte en los diferentes ritos y que los párrocos cumplan esta disposición y expliquen a los fieles los motivos que han hecho tomar esta medida por “razones pastorales”.

La norma

El ‘Código de Derecho Canónico’, apunta el obispo siciliano, no es una obligación vinculante ya que el se apunta que se tenga “en el caso que sea posible”. Al tratar los sacramentos del bautismo y de la confirmación reserva a la figura del padrino algunos artículos. En el caso del bautismo, en los cánones 872-874 se establece que “en la medida de lo posible, a quien va a recibir el bautismo se le ha de dar un padrino, cuya función es asistir en su iniciación cristiana al adulto que se bautiza, y, juntamente con los padres, presentar al niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo”. El padrino y/o madrina tiene que tener 16 años, estar confirmado, sin penas canónicas y si es cristiano no católico será simplemente un testigo.

Para la confirmación, sin mucha añadidura, se establece en los cánones 892 y 893 que “en la medida de lo posible, tenga el confirmando un padrino, a quien corresponde procurar que se comporte como verdadero testigo de Cristo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al sacramento”. Para ello se recomienda “que se escoja como padrino a quien asumió esa misión en el bautismo”.

Por su parte, el ‘Catecismo de la Iglesia Católica’ se hace eco de esta normativa y subraya de los padrinos que “para que la gracia bautismal pueda desarrollarse es importante la ayuda de los padres. Ese es también el papel del padrino o de la madrina, que deben ser creyentes sólidos, capaces y prestos a ayudar al nuevo bautizado, niño o adulto, en su camino de la vida cristiana. Su tarea es una verdadera función eclesial” (núm. 1.255).Más adelante señala que “para la Confirmación, como para el Bautismo, conviene que los candidatos busquen la ayuda espiritual de un padrino o de una madrina. Conviene que sea el mismo que para el Bautismo a fin de subrayar la unidad entre los dos sacramentos” (núm. 1.311).

La carta

Hace unos años ya, leí una “Carta abierta a un confirmando” escrita por Luis Javier Molina en la revista Misión Joven. En ella repasa algunos aspectos del sacramento como la presencia de la comunidad, la Palabra de Dios, la presentación del candidato, la imposición de manos, el crisma, y el rol del padrino o madrina.

“La Confirmación te lleva a una elección y a un paso en el que no vas solo. A lo largo de tus años, has encontrado personas que para ti han sido muy significativas y que han estado a tu lado en el camino de tu fe. Más de una vez han sido tu punto de referencia, tu luz, tu brisa, gesto de acogida y palabra amiga, susurro y beso, mano y calor… Junto a algunas personas el tiempo parece detenerse, ¡o volar! Y desearías inmortalizar ese momento para convertirlo en presencia de eternidad”, se lee en la carta. “En un paso como la Confirmación, una persona de todas éstas, la que tú elijas, estará a tu lado diciendo tu nombre y presentándote ante todos con su mano derecha puesta en tu hombro. Seguro que, de una u otra forma, lo ha hecho ya otras veces. Sin embargo, ahora lo hace en la celebración de un sacramento: Dios acoge y bendice ese momento, lo hace inmortal y le da una dimensión de perpetuidad”, se añade en el texto.

Y prosigue el autor de la carta: “A quien elijas se sentirá orgulloso y se preguntará: ‘¿Por qué yo?’. No te esfuerces demasiado en buscar una respuesta, porque, posiblemente, no encuentres las palabras adecuadas, pero sabes que hay muchas pequeñas y grandes razones. Lo malo de esto, si es que tiene algo malo, es que habría más personas significativas que podrían apadrinarte en la Confirmación y llega el momento siempre difícil de la opción. Por cierto, el regalo que te haga será un pequeño detalle, porque el bueno, el de valor incalculable, ya te lo ha hecho en el camino de tu vida”. Un regalo del que se ven privados los bautizandos y confirmandos de Mazara del Vallo.