El Vaticano da su ‘ok’ a que las familias guarden parte de las cenizas de sus difuntos en casa

  • Doctrina de la Fe lo confirma, con el aval del Papa, en una respuesta a una ‘dubia’ de un cardenal
  • Las instrucciones piden evitar “cualquier tipo de malentendido panteísta, naturalista o nihilista” y actualizan las dispuestas por Müller en 2016 que impedía conservarlas fuera de un cementerio

¿Puede un católico ser incinerado? ¿Dónde deben permanecer esas cenizas? Estas preguntas se las han hecho muchos cristianos y, hasta ahora, la Iglesia católica no se había abierto a que las cenizas estuvieran fuera de un cementerio. Sin embargo, en una respuesta a una dubia de un cardenal hecha pública hoy, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe da el plácet, con aval del papa Francisco, para guardar parte de las cenizas en un lugar significativo para el fallecido. Es decir, ya pueden estar en casa.



El 15 de agosto de 2016, la instrucción ‘Ad resurgendum cum Christo’ de Doctrina de la Fe actualizaba una disposición de 52 años atrás. Liderado entonces el Dicasterio por el cardenal Gerhard L. Müller y cuyo secretario era el jesuita mallorquín Luis F. Ladaria –quien luego sucediera al alemán–, ponía coto a que las familias católicas guardaran las cenizas en casa o las esparcieran en cualquier espacio natural –tirarlas al mar o en un bosque–. Ahora, siete años después, las directrices se actualizan.

La realidad es que el cardenal arzobispo de Bolonia, Matteo Zuppi, trasladaba el 30 de octubre al cardenal prefecto de Doctrina de la Fe, el argentino Víctor Manuel ‘Tucho’ Fernández, dos cuestiones relativas a la conservación de las cenizas de los difuntos en procesos de cremación “para estar seguro de responder no solo al pedido de la familia, sino sobre todo al anuncio cristiano de la resurrección de los cuerpos y al respeto debido a ellos”, recoge el escrito del ex Santo Oficio.

Las dos preguntas de Zuppi

En primer lugar, Zuppi preguntó lo siguiente: “Teniendo en cuenta la prohibición canónica de dispersar las cenizas de un difunto –de manera similar a lo que ocurre en los osarios, donde se depositan y conservan acumulativamente los restos mineralizados del difunto– ¿es posible preparar un lugar sagrado, definido y permanente para la acumulación mixta y conservación de las cenizas de los difuntos bautizados, indicando los datos personales de cada uno para no dispersar la memoria nominal?”.

Y, en segundo lugar, preguntaba si “se puede permitir que una familia guarde parte de las cenizas de un miembro de la familia en un lugar significativo para la historia del fallecido”.

Las dos respuestas de Doctrina de la Fe

Después de examinar las dos cuestiones, ‘Tucho Fernández’, tras despachar en una audiencia con el Papa el pasado 9 de diciembre, confirma en primer lugar que “es posible preparar un lugar sagrado, definido y permanente para la acumulación y conservación mixta de las cenizas de los difuntos bautizados, indicando los datos personales de cada uno para no dispersar la memoria nominal”.

Y, en segundo lugar, recalca que “siempre que se excluya cualquier tipo de malentendido panteísta, naturalista o nihilista y que las cenizas del difunto se conserven en un lugar sagrado, la autoridad eclesiástica, respetando las normas civiles vigentes, puede tomar en consideración y evaluar la solicitud de una familia para preservar debidamente una pequeña parte de las cenizas de su familiar en un lugar significativo para la historia del difunto”.

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