Sobre la celebración de funerales

LORENZO BUERA SALAMERO. ONTIÑENA (HUESCA) | En la Crónica del director del nº 2.769, titulada Cuando las sugerencias se vuelven normas, se hace alusión a interpretaciones diversas en cuanto a la celebración de los funerales. Está claro que en domingos ordinarios puede celebrarse la Misa exequial con la presencia del cadáver; no así en los domingos privilegiados y en la solemnidades de precepto de toda la Iglesia.

La práctica general en mi diócesis es celebrar esos funerales en los domingos ordinarios, si es que la sepultura va a tener lugar a continuación. Pero puede ocurrir que convenga celebrar el funeral en uno de los días en que se prohíbe la Misa exequial; en tal caso, nuestra práctica es la siguiente: se lleva el cadáver a la iglesia, pero la Misa se celebra con la liturgia del día. Por supuesto, aplicándola en sufragio del difunto y destacando la circunstancia de la muerte en los momentos apropiados para ello.

La razón de este proceder viene avalada por la circunstancia de que, si el funeral se hace solo con la Liturgia de la Palabra, muchos cristianos cumplidores del precepto dominical tendrán que duplicar su presencia en un acto de culto. Así no se viola ninguna norma litúrgica y se facilita a los asistentes el cumplimiento de sus obligaciones en los días laborables, porque, si el funeral tiene lugar solo con la Liturgia de la Palabra, debiera celebrarse la Misa exequial (sin el cadáver) otro día de la semana.

En el nº 2.771 de Vida Nueva

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