Myriam Wijlens: “Las mujeres hemos cambiado la foto de grupo en la Iglesia”

Teóloga holandesa, es profesora ordinaria de Derecho Canónico en la Universidad de Erfurt y pertenece al Comité Consultivo del Sínodo.

Myriam Wijlens, holandesa, es profesora ordinaria de Derecho Canónico en la Universidad de Erfurt y pertenece al Comité Consultivo del Sínodo.



PREGUNTA.- ¿Cómo reaccionó cuando fue elegida para formar parte del Comité?

RESPUESTA.- Creo que es la primera vez en la historia que una mujer forma parte del Comité consultivo. Sucedió poco después de que Nathalie Becquart fuera nombrada subsecretaria de la Secretaría general del Sínodo. Me sorprendió porque soy canonista y generalmente a los canonistas no nos invitan a participar desde el principio. Pero imagino que mi nombramiento está vinculado a mi competencia. En 1984, mientras estudiaba Teología, observé cómo el Concilio Vaticano II redescubrió el bautismo en un capítulo sobre el pueblo de Dios antes del de la jerarquía en la ‘Lumen gentium’ y desarrolló la doctrina de la colegialidad episcopal. Me pregunté: ¿cómo puede una doctrina así convertirse en una realidad vivida? Acababa de promulgarse el Código de Derecho Canónico y me dije: ¿cómo puede el Derecho desempeñar un papel en todo esto? Esta pregunta me ha fascinado desde mis estudios de Derecho canónico y me sigue fascinando hoy.

P.- La cuestión del reconocimiento y la responsabilidad de las mujeres surgió en todos los documentos continentales que contribuyeron al Instrumentum laboris ¿Cómo interpreta esto?

R.- Llama la atención que no solo sean las mujeres las que piden una reflexión sobre el papel de la mujer, sino también muchos hombres jóvenes. Les resulta muy difícil pertenecer a una Iglesia donde sus amigas no son valoradas por igual y no tienen las mismas oportunidades de participar que los hombres. Las síntesis señalan que muchas más mujeres que hombres participan activamente en la vida de la Iglesia, pero no se sienten reconocidas. Además, las religiosas no se sienten suficientemente valoradas: piden que la Iglesia les permita vivir el potencial que Dios les ha dado. Todas las síntesis destacan que la Iglesia debe afrontar esto no por razones sociológicas, sino por la dignidad que deriva del bautismo. Además, los documentos continentales revelan que las mujeres en situaciones difíciles (pobreza, madres solteras, aquellas en relaciones polígamas) quieren que la Iglesia esté a su lado y las apoye.

Consecuencias teológicas

P.- Se dice que la cuestión del “lugar de las mujeres” en la Iglesia de hoy se superpone con la de la vocación bautismal y la corresponsabilidad del laicado como conjunto, incluidos hombres y mujeres. ¿Comparte este punto de vista? ¿O hay cuestiones específicas para las mujeres?

R.- En términos generales, comparto este punto de vista. Pero hay algo más que me gustaría compartir con sus lectores. Hasta 1971, los sacerdotes eran jueces en los tribunales matrimoniales, luego estos últimos se abrieron a los laicos. El Código de Derecho Canónico de 1983 también permitía que mujeres laicas fueran jueces, pero con la condición de que el juez laico (hombre o mujer) trabajara junto con dos clérigos. Un clérigo es un diácono, sacerdote u obispo. En 2010 el Papa Benedicto XVI introdujo un cambio muy importante en la ley: aclaró que un sacerdote se ordena ‘in Persona Christi capitis’, pero un diácono se ordena para el ministerio.

De ello se deduce que dentro de la noción de clérigo existen diferentes tipologías. En los casos matrimoniales seguía vigente el requisito de que un laico debía servir con dos clérigos, que podían ser un sacerdote y un diácono, o dos sacerdotes o dos diáconos. En 2015, el Papa Francisco decidió que el tribunal podría estar formado por dos laicos y un clérigo. Tratemos de visualizar el cambio en una foto grupal de jueces que declaran nulo un matrimonio: hasta 1971 habrían sido tres sacerdotes, pero hoy tal vez serían dos mujeres y un diácono casado. Tenemos una foto de grupo diferente y la pregunta es: ¿qué ha pasado desde el punto de vista teológico?

Los canonistas están de acuerdo: cada uno de ellos ejerce jurisdicción. Mi pregunta es: ¿cuáles podrían ser las implicaciones teológicas y canónicas de ese cambio para muchas otras áreas de la Iglesia?

P.- ¿Qué significa?

R.- Lo que nos lleva a la cuestión del ministerio en la Iglesia. Hace poco que las mujeres pueden recibir el ministerio de catequista, lectora y acólita. Son funciones en el marco de la tarea docente y santificadora de la Iglesia y con los jueces vemos que las mujeres también pueden ejercer el gobierno. No todos los ministerios posibles existen actualmente en todas las iglesias locales y algunos ministerios que existieron en el pasado ya no existen hoy. Actualmente algunas iglesias locales tienen diáconos permanentes y otras no. Descubrí que el ministerio de catequista está muy desarrollado en África y América Latina, pero no en Europa. Es un hecho: las iglesias locales tienen diferentes necesidades y posibilidades en diferentes momentos.

Con el documento ‘Ministeriam quaedam’ de 1972, Pablo VI ya había alentado a los obispos a desarrollar ministerios en sus Iglesias locales. Podemos preguntarnos: ¿qué necesidades tienen las diócesis y qué ministerios se pueden desarrollar también a nivel local? Algunos ministerios pueden desarrollarse para un contexto porque son buenos allí, pero quizás no necesariamente buenos en otro contexto. El actual sínodo nos invita a reflexionar sobre estas y otras cuestiones de manera sinodal: el obispo decide lo que es necesario y posible en su diócesis desde un punto de vista teológico y práctico después de haber hecho un discernimiento junto con el Pueblo de Dios.

P.- Hablando de ministerios, también surge la cuestión del diaconado femenino. ¿Cómo puede abordarlo el sínodo?

R.- No me corresponde a mí, sino al Sínodo, discernir cómo responder a la cuestión del diaconado femenino. La petición no proviene solo de las mujeres, sino de toda la comunidad. Sin embargo, debemos tener en cuenta que el sínodo no trata sobre las mujeres y el diaconado, sino sobre cómo la Iglesia se desenvuelve en temas como este y muchos otros. ¿Quién participa en la reflexión y bajo qué tipo de responsabilidad? ¿Quién tomará la decisión y para quién es vinculante? ¿Cuál es el nivel adecuado para tomar decisiones? ¿Qué cuestiones debería decidir la Iglesia universal y cuáles pueden dejarse en manos de una diócesis o, por ejemplo, de una conferencia episcopal? Este es otro de los temas del sínodo.

Una cuestión de conversión

P.- ¿Cómo puede ayudar la sinodalidad en la cuestión de los abusos en la Iglesia?

R.- Desde 2002 he recibido encargos de obispos y superiores mayores para llevar a cabo investigaciones penales preliminares. Serví en la Comisión Pontificia para la Protección de Menores de 2018 a 2022. Una de las cuestiones más importantes en materia de abuso es la de rendir cuentas de las propias acciones. La cuestión no concierne solo a los obispos. También a los superiores de los institutos religiosos. ¿Cómo deciden, tras de consultar con quién y cuándo se les comunican las acusaciones? ¿Cómo deciden permitir que un joven sea ordenado o admitido en el instituto? En mi trabajo, rara vez veo casos en los que no haya habido señales de problemas antes de la ordenación.

Hay obispos a los que se les ha advertido de que no ordenen a un determinado candidato o de que no acepten a una persona de otra diócesis y esas advertencias han sido ignoradas. No solo necesitamos tener procedimientos para proteger a todos, –víctimas, comunidad, sacerdote involucrado y obispo mismo-, sino que también necesitamos formas de asegurarnos de que esos procedimientos se implementen. Tener que rendir cuentas de las propias acciones requiere actuar sinodalmente y una Iglesia sinodal debe rendir cuentas de sus acciones, porque escuchar no basta. Necesitamos un cambio cultural. No es solo una cuestión de procedimientos, es una cuestión de conversión.


*Entrevista original publicada en el número de octubre de 2023 de Donne Chiesa Mondo. Traducción de Vida Nueva

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