El Episcopado argentino, contra la eutanasia y a favor del “dato biológico”

sesión del Senado en Argentina

Los obispos se pronuncian sobre sobre los proyectos de ley de muerte digna e identidad de género

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Una sesión del Senado en Argentina

VIDA NUEVA | “En la llamada Ley de Muerte Digna creemos que se ha avanzado en aspectos referidos a la proporcionalidad de los medios a utilizar en enfermos terminales, que eviten un encarnizamiento terapéutico. Mantener una vida con medios artificiales no siempre es moralmente obligatorio. Es destacable, también, la importancia dada a la voluntad del paciente y sus familiares, como parte de los derechos personalísimos del enfermo. El rechazo de estos medios artificiales no solo es válido, puede ser recomendable. Valoramos, por otra parte, la prohibición de la eutanasia.Lamentamos, sin embargo, que entre estos medios se haya incluido el posible rechazo de la ‘hidratación y alimentación’, como si fueran desproporcionados, siendo, por el contrario, un acto humanitario que hace a una muerte digna. Su privación, en cambio, sería una eutanasia pasiva”.

Así se pronunció el 16 de mayo la Comisión Ejecutiva del Episcopado argentino, conformada por el arzobispo José María Arancedo (Santa Fe), los obispos Virginio Bressanelli (Neuquén) y Mario Cargnello (Salta), y el secretario Enrique Eguía, auxiliar de Buenos Aires.

El documento surgió a raíz de la ley promulgada en el Congreso el 8 de mayo, que estableció el derecho a aceptar o rechazar ciertas terapias o procedimientos médicos o biológicos ante una enfermedad irreversible, incurable o en estado terminal.

La jerarquía eclesiástica había creado un Equipo para la Vida Humana, que, a diferencia de las comisiones episcopales que reportan a la Asamblea, depende de la Comisión Ejecutiva, integrada por los cuatro prelados: presidente, vicepresidentes primero y segundo y el secretario.

Otra comisión, la de Seguimiento de Asuntos Legislativos, conformada por peritos, mantuvo reuniones con diputados y senadores para acordar las coincidencias y señalar las diferencias con el pensamiento de la Iglesia. Y siguió, asimismo, las alternativas del proceso originado en el Congreso a raíz de un hecho concreto: Camila Sánchez, una niña de 3 años, se encuentra en estado vegetativo permanente desde que nació. Su madre, Selva Herbon, luchó para que el Congreso sancionara una ley que le permitiera acabar con su drama.

En situación similar está uno de los músicos de rock más populares de Argentina, Gustavo Ceratti, en coma desde hace dos años, pero su madre, Lilian Clark, descartó que fuera a recurrir a una muerte digna, al tomar conocimiento de la promulgación de la norma jurídica. “Nunca me planteé la alternativa de la muerte digna, porque confío en que Gustavo va a salir, así que no lo tengo en mis pensamientos”, dijo.

Diferencias manifiestas

El documento episcopal se pronunció también sobre la Ley de Identidad de Género, señalando diferencias manifiestas. “Si bien se ha buscado responder a una realidad que presenta sus reclamos –expresa el texto–, no se ha tenido en cuenta el significado objetivo del dato biológico como elemento primario en una legislación sobre el tema de identidad sexual”.

“La diversidad sexual –siguen– no depende solo de una decisión o construcción cultural, sino que tiene su raíz en un dato de la naturaleza humana que presenta su propio lenguaje y significado. Desconocer el valor y el alcance de esto debilita el sentido de la sexualidad que, en su diversidad y complementariedad, debe orientar la vida de las personas y la tarea educativa y legislativa. La necesaria educación sexual debe estar orientada, desde la infancia, a valorar el sentido y riqueza de la sexualidad. Consideramos muy grave que la ley permita manipular la identidad sexual de los niños y dañarla de modo tal vez irreversible e incluso en contra de la voluntad de sus padres”.

“Estas afirmaciones –agregan los obispos– no significan desconocer la realidad de personas que sufren por estos motivos. La ley, en cuanto ordenamiento de la comunidad, debe tratar todo reclamo en el marco jurídico adecuado y con las garantías que ello implica. Pero, dejar el tema de la identidad sexual a un libre sentir o decisión de la persona, no corresponde a la certeza jurídica que debe ofrecer una legislación a la sociedad. La naturaleza no limita, en este caso, los derechos de la persona, sino que muestra con su lenguaje el sentido de la sexualidad como principio que debe orientar tanto la educación como el contenido de las leyes de una comunidad”.

Integrantes de estas comisiones asesoras calificaron de “disparatada” la nueva legislación, entre otros motivos porque aprobó un párrafo que expresa que una persona debe ser tratada por lo que siente que es.

En el nº 2.802 de Vida Nueva.

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