Sí a la reconciliación, pero el Vaticano II no es negociable

Los episcopados europeos coinciden en el rechazo rotundo al negacionismo del obispo lefebvrista

(María Gómez) Sí a la decisión de Benedicto XVI, a este nuevo paso del Vaticano y a la reconciliación. Pero no a costa del Vaticano II, y desde luego, un no rotundo a las declaraciones de Richard Williamson negando el holocausto. Así puede sintetizarse la opinión mayoritaria en los episcopados europeos sobre el levantamiento de las excomuniones a los cuatro obispos lefebvristas, que está costando difíciles explicaciones. La última, la del cardenal Kasper, quien ha reconocido “errores en la dirección de la Curia” y falta de comunicación en este asunto.

Los obispos franceses emitieron un breve comunicado el 28 de enero en el que “condenan firmemente las palabras inaceptables y escandalosas de monseñor Williamson”. A continuación, aclaran que el levantamiento de la excomunión “no es una rehabilitación”, sino “el punto de partida de un largo camino que supondrá un diálogo preciso”. “En ningún caso -afirman- el Concilio Vaticano II será negociable. Ningún grupo eclesial puede sustituir al magisterio”. La nota termina expresando el “apoyo y reconocimiento a los sacerdotes, diáconos, religiosos y laicos que componen la Iglesia católica en Francia, y animan fielmente a las comunidades cristianas vivas y cercanas de los hombres de este tiempo”.

Para refrendar la postura de la Iglesia católica ante la shoah, el cardenal André Vingt-Trois manifestaba su “horror” por las propuestas negacionistas de Williamson. El presidente de la Conferencia Episcopal y arzobispo de París recordó las “relaciones cordiales y fraternas” con la comunidad judía de Francia y le pidió “que no condene a la Iglesia católica por las declaraciones extremadamente minoritarias de alguien que no tiene ningún estatus ni ninguna misión en nuestra Iglesia”. 

Los obispos suizos consideran que Benedicto XVI ha realizado este gesto “con la convicción de que, después del reconocimiento a las enseñanzas y la autoridad del Papa, se han abierto buenas perspectivas para llevar a cabo las actuales discusiones sobre las cuestiones no solucionadas relacionadas con la aceptación necesaria del Concilio Vaticano II”. 

Desde Alemania, y antes de que la canciller Angela Merkel reclamara a Benedicto XVI más explicaciones, el obispo de Aquisgrán y presidente de la Subcomisión para las Relaciones con el Judaísmo, Heinrich Mussinghoff, había dicho: “Nos oponemos de la manera más decidida a esta negación del holocausto, que en Alemania ya está siendo objeto de investigación judicial”. Además, ha reclamado a los cuatro obispos que “manifiesten de modo irrevocable y creíble su fidelidad al Concilio Vaticano II y a la declaración Nostra Aetate. “Quien niegue la shoah no puede ser rehabilitado en el seno de la Iglesia”, opina el cardenal arzobispo de Viena, Christoph Schöborn.

LA EXCOMUNIÓN, SEGÚN EL CÓDIGO

(José Bernal, profesor de Derecho Penal Canónico, Universidad de Navarra) Los fines de la pena en la Iglesia han sido delimitados con bastante justeza por el Código al hablar de reparar el escándalo, restablecer la justicia y conseguir la enmienda del reo (c. 1341). La concreta regulación jurídica puede primar un fin sobre otro. Así, las censuras persiguen fundamentalmente la enmienda del reo. Son tres las censuras vigentes: la excomunión, el entredicho y la suspensión. La excomunión, a diferencia de las otras dos, implica la ruptura de la comunión de la Iglesia en su dimensión jurídica; es decir, afecta a los vínculos de fe, sacramentos y régimen. Ello no supone un juicio sobre el estado interior del delincuente, aunque la gravedad de la acción cometida pueda ser un indicio.

Entre los efectos de la excomunión, se pueden mencionar la prohibición de toda participación ministerial en cualquier ceremonia de culto, o la prohibición igualmente de recibir o celebrar sacramentos, que son una de las expresiones más vigorosas de la comunión.

La excomunión puede imponerse después de un procedimiento que implica la intervención de la autoridad (ferendae sententiae). En algunos casos se incurre en ella automáticamente (latae sententiae), por delitos especialmente graves, como la consagración episcopal sin mandato pontificio. La autoridad puede decidir declarar la pena mediante un proceso. Entonces el régimen de ambos tipos de excomuniones se equipara, especialmente en lo relativo a la obligación de observar la pena en el fuero externo. Éste es el caso de los cuatro obispos consagrados por Lefebvre el 30 de junio de 1988.

Dado que la excomunión l.s. prevista por el delito (c. 1382) está reservada a la Sede Apostólica, sólo ésta (a través de Congregación para los Obispos) podía absolver de las excomuniones. Así lo ha hecho mediante el Decreto de 24-I-09. A partir de entonces deja de tener cualquier efecto jurídico el Decreto de 1-VII-1988 por el que se declaraban esas excomuniones.

En el nº 2.647 de Vida Nueva.

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