Tribuna

El matrimonio entre musulmanes y cristianos

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Desde los inicios del cristianismo, son numerosos los casos en que los cristianos tomaban mujer o marido que no profesaba la misma fe. San Pablo ordena que la diferencia religiosa no sea motivo de divorcio, viendo un posible designio de la Providencia divina: el consorte creyente puede ser motivo de santificación y salvación para quien no lo es (cf. 1Co 7, 12-17). Siendo el matrimonio una institución natural dada por el Creador, dos personas de diferente religión pueden fundar una familia. Puede parecer un tópico idealista, pero es un hecho: el amor traspasa fronteras de cultura, credo y raza; y hay numerosos ejemplos que lo atestiguan.



No podemos ser ilusos. La religión es un rasgo de la persona muy profundo que influye enormemente a la hora de crear un proyecto familiar, y ayuda mucho que ambos tengan la misma fe para llevar a buen puerto lo que se promete el día de la boda. Obviamente, la religión no lo es todo en un matrimonio y hay otros requisitos, pero es innegable que las creencias espirituales son uno de los elementos esenciales que deben tenerse en cuenta.

Al hablar con los jóvenes que buscan pareja, constato que aquellos que viven su fe de modo coherente quieren tener un novio/a que comparta con ellos esa dimensión que no es una afición más ni un agregado cultural, sino un aspecto que los define. ¿Es posible, pues, el matrimonio entre esposos que profesan, de forma clara, diferentes religiones? Sin duda es posible. Pero la disparidad de culto será un obstáculo real y objetivo que superar, cosa que no sucede cuando ambos son de la misma religión. Se necesitarán un esfuerzo adicional, una formación adecuada y un acompañamiento especializado.

Un campo común

En las II Jornadas Interreligiosas tituladas ‘Espíritu de Córdoba: jóvenes y espiritualidades’, católicos, protestantes evangélicos, musulmanes y judíos debatieron sobre la pareja y el amor en un bloque titulado ‘Amor en tiempos de Tinder’. Todos coincidían en que preferían una pareja de su religión, pero también se pudo transparentar una “queja”: mientras ellos buscan a alguien con quien establecer una relación amorosa seria y estable, la gente solamente quiere sexo o, en el mejor de los casos, noviazgos superficiales e inmaduros que difícilmente pueden conducir al matrimonio y la familia.

Me dí cuenta de que había una preocupación común: hoy faltan los cimientos del compromiso y del amor fiel y desinteresado, y todos los creyentes lo constatan. Dios está ausente, y eso es duro cuando una persona tiene a Dios en el centro.

La fe en el único Dios, la importancia de la oración, de seguir los preceptos divinos para alcanzar la felicidad en este mundo y en el otro, una visión sobrenatural de la vida y de su valor sagrado, el mandato de ayudar siempre al prójimo y de la limosna al necesitado, una espiritualidad que rechaza el materialismo, que propone dominar los instintos para mirar la nobleza y virtud del corazón, una sexualidad ordenada al fiel amor mutuo… Todo ello son características ausentes en gran parte de nuestra sociedad, y que musulmanes y cristianos poseen. No es raro que un cristiano o un musulmán, en su búsqueda de pareja, quede defraudado por muchas experiencias donde se sintió incomprendido en su fe y, sin embargo, alguien que profesa otra religión le comprende en ese nivel espiritual, tomando especialmente todo lo bueno para construir un proyecto sólido de amor.

Diferencias y obstáculos

Para la Iglesia católica, el matrimonio canónico entre católicos y no bautizados se permite con la debida licencia expresa, ya que “disparidad de culto” es, para el Derecho Canónico, un impedimento jurídico que debe ser dispensado con tres requisitos:

  • a) Que se acepten los fines y propiedades del matrimonio, alianza contraída con total libertad y por amor en la que “el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole” (canon 1055), y cuyas características esenciales son la unidad (no a la poligamia) y la indisolubilidad (no cabe divorcio y nuevas nupcias).
  • b) Que la parte católica permanezca en su profesión religiosa con todo lo que ello implica y que haga lo posible para bautizar y educar a sus hijos en la fe católica.
  • c) Que la parte no católica conozca las promesas y obligaciones asumidas por su cónyuge, y que se compromete a respetarlas y promoverlas.

Estas condiciones se hacen difíciles cuando el cónyuge es musulmán, debido a la propia visión jurídica que hay en el islam sobre el matrimonio. Y digo “el cónyuge” en el sentido más estricto, dado que el islam prohíbe que una mujer musulmana se case con un no musulmán, mientras que el musulmán sí puede casarse con una judía o una cristiana, y está obligado a respetar sus prácticas religiosas y su fe, siempre y cuando los hijos se eduquen como musulmanes (lo cual dificulta el segundo requisito que antes hablábamos), ya que, según el islam, la pertenencia religiosa la determina el padre y no la madre.

Se constata un gran desconocimiento en la parte católica acerca del derecho islámico sobre el matrimonio, y es necesario advertirlo e informarlo, ya que estos elementos pueden estar presentes en la mentalidad del musulmán de forma más o menos patente y luego aparecer. Por ello, es bueno dialogarlo antes, para que los contrayentes manifiesten abiertamente sus opiniones y se conozcan antes de establecer el vínculo.

Por ejemplo, el islam admite la poligamia. Esta cuestión tiene fácil solución en España, donde esta práctica está prohibida, pero debe tenerse en cuenta si se va a residir en un país islámico, y conocer bien la legislación actual de dicho país (ya que alguno como Túnez también la ha prohibido). Contrariamente al cristianismo, el islam permite el divorcio, aunque estimula la permanencia del vínculo. En dicho divorcio, el marido puede tomar la iniciativa del repudio de forma unilateral, mientras que la mujer necesita solicitarlo y que se le conceda.

En conclusión, se trata de que, en el diálogo con el musulmán, se le haga ver que el divorcio y la poligamia son concesiones, pero no obligaciones ni ideales en su propia religión, de modo que puede renunciar a ellos sin problema de conciencia, y deberá hacerlo si quiere contraer matrimonio con una católica.

Por último, yo añadiría que la parte católica debe conocer, al menos en un nivel básico, no solamente el islam, sino la lengua y la cultura del país de origen de su futuro esposo y las formas propias en que el islam se vive allí, ya que se tiende a hablar del islam de forma generalizada ignorando que esta religión tiene numerosas ramas y formas “inculturizadas”, de tal manera que, siendo un único islam, se puede hablar de “un islam diverso” en Indonesia o en Marruecos, con caracteres que marcan la diferencia.

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