“Estuve divorciado y me acogisteis”. Ante el Sínodo de la Familia

niña con su padre en el VIII Encuentro Mundial de las Familias en Filadelfia con el papa Francisco septiembre 2015

La dimensión dogmática vs. la dimensión misericordiosa en la acogida a las personas vueltas a casar

niña con su padre en el VIII Encuentro Mundial de las Familias en Filadelfia con el papa Francisco septiembre 2015

Una niña con su padre, el pasado 27 de septiembre en Filadelfia, en la clausura del VIII EMF con Francisco

JESÚS MARTÍNEZ GORDO, Facultad de Teología de Vitoria-Gasteiz | Desde que Francisco reconociera la necesidad de abordar “el problema de la comunión a las personas en segunda unión” y, posteriormente, de revisar los procesos judiciales de nulidad matrimonial, se ha asistido a un intenso debate entre dos maneras de afrontar estas cuestiones: una más pastoral o misericordiosa y otra más tradicional o dogmática. Los padres sinodales tienen abierto el camino para debatir y formular propuestas que articulen –de manera mucho más equilibrada que hasta ahora– la verdad de la indisolubilidad con una práctica pastoral y misericordiosa.

El autor de este Pliego argumenta que se trata de algo perfectamente compatible con la Escritura, con la praxis y legislación de las Iglesias apostólicas y de las primeras comunidades, además de con la tradición dogmática, por lo que sería un gran bien que se aprobara y que el Papa lo ratificara.portada Pliego VN Ante el Sínodo de la Familia 2958

La cuestión de fondo

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Los cardenales Gerhard Ludwig Müller y Walter Kasper son los rostros visibles de estas dos maneras –la más tradicional o dogmática vs. la más pastoral o misericordiosa– de abordar los asuntos planteados. A nadie se le escapa la enorme sintonía del papa Francisco con los posicionamientos del segundo de ellos.

  • Cardenal Müller: una propuesta incoherente

Tres meses después de las declaraciones del papa Francisco reconociendo la necesidad de abordar “el problema de la comunión a las personas en segunda unión”, y apenas pasados unos días desde la convocatoria oficial de los dos sínodos, el cardenal Gerhard Ludwig Müller, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, publica el 23 de octubre de 2013 en L’Osservatore Romano un artículo en el que, después de efectuar un recorrido bíblico y patrístico en defensa de la indisolubilidad del matrimonio, reconoce “una praxis cada vez más liberal” en las Iglesias de Oriente. Sin embargo, es un comportamiento que le resulta incoherente “con la voluntad de Dios, tal como se expresa en las palabras de Jesús, sobre la indisolubilidad del matrimonio, y representa una dificultad significativa para el ecumenismo”.

El cardenal alemán Reinhard Marx, miembro del entonces C-8, le responde con una claridad y contundencia inauditas: “El prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe no puede acabar con la discusión” sobre los divorciados vueltos a casar (La Stampa, 1 de noviembre de 2013). El tema –recuerda– será debatido en el Sínodo Extraordinario de los Obispos sobre la Familia. No se puede ignorar durante más tiempo que un gran número de católicos no comprenden las razones por las que la Iglesia no acepta una segunda unión.

  • Cardenal Kasper: la verdad y la misericordia son compatibles

El 20 de febrero de 2014 es un momento particularmente importante. Por invitación del Papa, Walter Kasper comunica en el consistorio de cardenales su posición favorable a que los divorciados vueltos a casar civilmente puedan comulgar tras un tiempo penitencial. Y lo propone por la necesidad de articular la justicia y la misericordia e indicando que, para asumir esta propuesta, no es necesario cambiar la doctrina sobre la indisolubilidad del matrimonio. Basta con emplear “otros procedimientos, más pastorales y espirituales”, que los estrictamente jurídicos adoptados hasta el presente.

En continuidad con esta inquietud, se pregunta si es imposible “una pastoral de la tolerancia, de la misericordia y de la indulgencia” en la que “un divorciado y vuelto a casar” pueda participar, “tras un tiempo de reorientación (metanoia)”, en “el sacramento de la Penitencia y de la Comunión”.

Se muestra partidario de abrir dicha posibilidad a cualquier persona que –prolongando la praxis de la Iglesia de los primeros tiempos– cumpla estas condiciones: arrepentimiento de su fracaso en el primer matrimonio; cumplimiento con las obligaciones de dicho primer matrimonio (una vez descartado de manera concluyente que pueda recomponerse); imposibilidad de abandonar, sin ulterior culpa, sus compromisos adquiridos con el nuevo matrimonio civil; esfuerzo manifiesto por vivir lo mejor que pueda el segundo matrimonio a partir de la fe y por educar a sus hijos en ella; y, finalmente, deseo de participar en los sacramentos como una fuente de fortaleza en su situación.

W. Kasper finaliza su intervención indicando que no se puede limitar la discusión a los divorciados vueltos a casar. Hay otras muchas situaciones pastorales que no se han mencionado y que también requieren ser abordadas.

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La verdad que nos hará libres

Las objeciones de los cardenales V. de Paolis y C. Caffarra sobre la imposibilidad jurídica de la propuesta de W. Kasper no se sostienen. O, en todo caso, solo pueden ser comprensibles para los partidarios de un improcedente infalibilismo que es preciso superar cuanto antes.

Por tanto, nada que objetar desde un punto de vista dogmático y jurídico. Más bien, todo lo contrario: en sintonía con Trento y respetando escrupulosamente el Vaticano I y el Vaticano II, la de W. Kasper es una propuesta que, lícita y legítimamente, se somete al parecer de la Iglesia y a la ratificación posterior, si así lo estimare oportuno, del sucesor de Pedro.

Lo que está en juego no es la “ley divina” o “definitiva” de la indisolubilidad del matrimonio, sino su articulación con la misericordia en el caso de divorciados vueltos a casar. Esta es una cuestión que Trento dejó abierta y que el papa Francisco puede proclamar (en esta ocasión, con incuestionable consenso eclesial y con un argumentado fundamento escriturístico, patrístico y dogmático) como perfectamente compatible con la revelación cristiana y la tradición católica. La excepción ha sido la Iglesia latina que, sin embargo, nunca ha cerrado (y menos, jurídica o dogmáticamente) esta posible vía.

Pliego publicado en el nº 2.958 de Vida Nueva. Del 3 al 9 de octubre de 2015

 

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