El bautismo, puerta abierta (también para los trans)

Una respuesta a unas inquietudes particulares de un pastor sobre la participación en los sacramentos del bautismo y el matrimonio. A priori, para comunicar de tú a tú, en privado. Sin embargo, en un proceder excepcional, el Dicasterio de Doctrina de la Fe hacía público el 8 de noviembre un documento firmado por el prefecto Víctor Manuel Fernández y refrendado por el papa Francisco que aclara las dudas del obispo de Santo Amaro de Brasil, José Negri, en torno a la posible participación en los sacramentos de homosexuales y transexuales. Concretamente, se preguntaba si pueden ser padrinos de bautismo o testigos de una boda.  Además, se cuestionaba si las personas trans pueden recibir el bautismo.



Aterrizando en el documento, con relación a los homosexuales que quieran ser padrinos de bautismo se da vía libre, teniendo en cuenta que deben llevar “una vida conforme a la fe y a la tarea que asumen”.  La excepción, según el texto, sería “cuando la convivencia de dos personas homosexuales consiste, no en una simple cohabitación, sino en una relación estable y declarada ‘more uxorio’, bien conocida por la comunidad”, con lo que habrá que actuar con “prudencia pastoral” para analizar cada caso y “salvaguardar el sacramento del bautismo y especialmente su recepción, que es un bien precioso que hay que proteger, ya que es necesario para la salvación”.

Para los transexuales se detalla que, “bajo ciertas condiciones”, puede ser admitido. Así, “dado que esta tarea no es un derecho, la prudencia pastoral exige que no se permita si existe peligro de escándalo, legitimidad indebida o desorientación en el ámbito educativo de la comunidad eclesial”. Sobre la posibilidad de que, tanto trans como homosexuales, sean testigos en una boda, simplemente se explica que “no hay nada en el Derecho Canónico universal actual que prohíba” a unos o a otros llevar a cabo esta función.

¿Y si una persona transexual adulta pide ser bautizada? El dicasterio expone que “un transexual, que también ha sido sometido a un tratamiento hormonal y a una cirugía de reasignación de sexo, puede recibir el bautismo, en las mismas condiciones que los demás fieles, si no hay situaciones en las que exista el riesgo de generar escándalo público o desorientación en los fieles”. Incluso se adentra en la casuística de los niños o adolescentes transexuales: “Si están bien preparados y dispuestos, pueden recibir el bautismo”.

Situación moral

A esto, se apostilla que hay que considerar “la situación moral objetiva de una persona o sobre sus disposiciones subjetivas hacia la gracia”. Es más, se cita el Catecismo y a santo Tomás de Aquino para resaltar que, “en el caso del bautismo, la Iglesia enseña que, cuando el sacramento se recibe sin arrepentimiento de pecados graves, el sujeto no recibe la gracia santificante, aunque sí el carácter sacramental”.

De hecho, el departamento que pilota Fernández apunta que, “incluso cuando subsisten dudas sobre la situación moral objetiva de una persona o sobre sus disposiciones subjetivas hacia la gracia, nunca debemos olvidar este aspecto de la fidelidad del amor incondicional de Dios, capaz de generar una alianza irrevocable incluso con el pecador, siempre abierta al desarrollo, aunque sea imprevisible”. Esto no quita, según reza el texto, que “la Iglesia debe llamar siempre a la plenitud a vivir todas las implicaciones del bautismo recibido”. Sin embargo, esto no es óbice para que se vete a la persona “cuando el penitente no manifiesta plenamente un propósito de enmienda”.

El obispo Negri también buscaba respuesta a una cuestión todavía más específica: “¿Pueden dos personas homoafectivas ser padres de un niño que va a ser bautizado y que fue adoptado u obtenido por otros medios como la gestación subrogada?”. De nuevo, Doctrina de la Fe da un paso al frente y subraya que, “para que el niño sea bautizado, es necesario que exista una esperanza fundada de que será educado en la religión católica”.

Mucho trabajo por hacer

Más allá de las cláusulas en uno u otro caso, el conjunto de respuestas incluye una reflexión que remite a ‘Evangelii gaudium’, la encíclica programática de Bergoglio, que exponía hace ahora diez años que “las puertas de los sacramentos no deberían cerrarse por una razón cualquiera”. En ese mismo punto 47, Francisco subrayaba que “la Iglesia no es una aduana, sino la casa paterna, donde hay lugar para cada uno con su vida a cuestas”.

“Nos alegramos de esta buena noticia”. Es la primera reacción que comparte Jonás Candaosa, presidente de Crismhom, la comunidad cristiana LGTBIQ+ de referencia en España. “Vemos que, de algún modo, se pueden materializar las palabras del Santo Padre cuando se preguntó: ‘¿Quién soy yo para juzgar?’”, aprecia Candaosa, que celebra cómo “ya era hora de reconocer a las personas trans, su valía y su dignidad”. Así, puntualiza que “el Papa muestra su reconocimiento a estas personas como cristianos y cristianas adultas, lo que reafirma su dignidad”.

Aunque admite que “queda mucho trabajo por hacer”, sí aplaude que “supone un avance significativo para la Iglesia universal, dado que en muchos países este documento supondrá una novedad y una puerta abierta”. En esta misma línea, subraya cómo este escrito de Doctrina de la Fe supone “una novedad de posicionamiento” que “radica en que los nuevos aires del Sínodo de la Sinodalidad ponen el acento, y de forma explícita y pública, en la verdadera antropología: la del amor de Dios, en la que Él, Padre y Madre, nos ama como somos”. Con todo, el presidente de Crismhom es consciente de que, “como es costumbre, los más conservadores se han posicionado en contra de este nuevo puente entre la Iglesia y el colectivo de diversidad sexual e identidad de género”.

Niurka Gibaja, teóloga transexual, destaca que, “en primer lugar, hay que decir que es un avance para la Iglesia y hay que ver la noticia como una buena nueva también, porque se están abriendo puertas para la inclusión y para el reconocimiento (algo muy importante) de la dignidad de ser hijes de Dios; tanto las personas que piden recibir el bautismo como las que quieren ser padrinos o desean bautizar a sus hijos”. En este sentido, recuerda que, “todavía hoy, muchísimas personas tienen las puertas cerradas simplemente por una identidad u orientación”. No se le escapa tampoco a Gibaja que “la exigencia de vivir conforme al Evangelio y al seguimiento de Jesús no se le tiene que recordar solo a alguien por su identidad de género o su orientación sexual, sino que esta fidelidad tiene que subrayarse a toda persona”.

De la misma manera, confía en que, no solo a las personas trans y homosexuales, sino a todo aquel adulto que quiere bautizarse, ser padrino o testigo, se le haga hincapié en “el compromiso de todas las personas a acompañar, a educar en todo el proceso de iniciación en la fe, así como en el seguimiento”. “No pongamos coletillas que presuponen la sospecha del escándalo vital. Ser LGTBIQ+ no puede dejar que se identifique como sinónimo de escándalo o de amoralidad”, interpela la especialista en teología dogmática.

Amor incondicional

Por encima de los detalles prácticos de la respuesta y de las evaluaciones que considera “subjetivas” y que se apuntan en el texto, Gibaja siente que hay un elemento plausible: “La referencia que se hace al amor incondicional de Dios es una frase preciosa, porque la gracia cae en toda aquella persona que esté dispuesta a dejarse tocar por esta y transforma vida y corazón”. “Para mí, incluir esta expresión rompe muchos esquemas prefijados en la Iglesia”, enfatiza.

“Abramos las puertas de la vida sacramental a toda persona que abre su vida también de par en par a la fuerza del Espíritu”, sueña la teóloga, que invita a “repensar, reestructurar y reformular ciertos documentos eclesiales para que toda persona sea reconocida en su identidad plenamente”. “Son detalles que no se pueden olvidar y que, por supuesto, plantean un desafío formativo para toda la comunidad, tanto sacerdotes como laicos”, sugiere.

En la buena senda

“A los sacerdotes que sentían que tenían que actuar con más apertura y generosidad, el documento les ha confirmado, porque hasta ahora, como no había unos criterios oficiales, cada uno actuaba según el contexto”, destaca el claretiano Teodoro Bahíllo, profesor de Derecho Canónico en el Instituto Teológico de Vida Religiosa y en la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia Comillas. “Sobre esto se han dado respuestas ‘ad usum privatum’ y bajo secreto pontificio; lo sorprendente es que se haya hecho público. Al difundir oficialmente una respuesta privada, sirve de orientación para otros pastores en sus diócesis, pero no es una normativa”, comenta.

Con esta premisa, cree que “Doctrina de la Fe se muestra claramente partidaria de bautizar a las personas trans, independientemente de que se pueda interpretar como una situación moralmente recriminable”. En esta misma línea, recuerda que, en los requisitos para el bautismo de adultos, sí se pide un arrepentimiento de los pecados, pero valora cómo el nuevo documento “insiste mucho en que es la puerta de los demás sacramentos y es una gracia, un don por encima de la situación de la persona”.

Formas de inscribir

El investigador y docente reconoce que “es una temática en la que la Santa Sede se mueve en tierras movedizas, porque todavía no se tiene clara una posición”. De hecho, aunque la respuesta vaticana ofrece una pauta de acción, a priori se dejan abiertos algunos flecos para cuando un trans o un homosexual se acerque a una parroquia para abordar su realidad con nombre y apellidos.

Desde la Santa Sede, apuntan a Vida Nueva que, cuando un documento de este tipo no baja hasta el detalle de una casuística determinada, es porque se deja al discernimiento de cada Conferencia Episcopal o de cada obispo. Desde ahí, se entendería que Roma no describa cómo y con qué genero se inscribe una persona trans bautizada en el libro parroquial o en el registro del obispado. Por un lado, porque ya se encuentra recogido por el Derecho Canónico. Por otro, porque algunos episcopados ya lo tienen resuelto.

Y, finalmente, porque la diversidad de las legislaciones civiles hace que en algunos países se tengan que inscribir, sin margen alguno, tal y como aparecen en su documento nacional de identidad. Expertos consultados recuerdan que una normativa única emanada por el Vaticano podría incurrir en una desobediencia civil que sería innecesaria.

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