¿Qué regula exactamente la nueva Ley de Eutanasia?


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– Nos gustaría conocer el contenido de la nueva Ley de Eutanasia.

– La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia legaliza, por primera vez, la eutanasia activa en España, aquella que es consecuencia directa de la acción de una tercera persona.



El Preámbulo de la Ley Orgánica 3/2021 de 24 de marzo afirma que “la legalización y regulación de la eutanasia se asientan sobre la compatibilidad de unos principios esenciales que son basamento de los derechos de las personas, y que son así recogidos en la Constitución española”.

Añade, asimismo, que esta Ley introduce, con este nuevo ordenamiento jurídico, “un nuevo derecho individual” como es la eutanasia, entendiendo por ello “la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata, a petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por dicha persona, y que se lleva a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios”.

Condiciones para su ejercicio

Esta Ley consta de cinco capítulos, el primero de la cual está enfocado a delimitar su objeto de aplicación. Por otra parte, los capítulos II y III de la normativa establecen los requisitos de solicitud de dicha “prestación de ayuda a morir”, las condiciones para su ejercicio y el detalle del procedimiento a seguir.

Toda persona mayor de edad y en plena capacidad de obrar y decidir, se indica, “puede solicitar y recibir dicha ayuda, siempre que lo haga de forma autónoma, consciente e informada, y que se encuentre en los supuestos de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o de enfermedad grave e incurable causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables”.

Para la puesta en marcha de esta nueva “prestación”, se han creado las llamadas Comisiones de Garantía y Evaluación, cuyo objetivo es el de controlar el respeto a la Ley y a los procedimientos establecidos, y que estará formada por un equipo multidisciplinar entre los que se incluirán personal médico, de enfermería y juristas.

Igualdad a la prestación

Por otro lado, se han establecido elementos que, señala la normativa, “permiten garantizar a toda la ciudadanía el acceso en condiciones de igualdad a la prestación de ayuda para morir”, para lo que se ha incluido en los servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y su consecuente necesidad de recibir financiación pública.

Los profesionales sanitarios directamente implicados podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia, entendiendo que es una decisión individual del profesional sanitario directamente implicado en su realización.

La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (24 de marzo de 2021), es decir, a finales de junio de 2021.

La cifra

6 países han regulado la llamada ‘eutanasia activa’: Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Colombia, Canadá y Nueva Zelanda.

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