–¿Qué papel pueden jugar los centros educativos ante los constantes conflictos intrafamiliares en las familias de nuestro alumnado?
–De un tiempo a esta parte, quienes trabajamos en el sector jurídico prestando asesoramiento a centros educativos hemos podido comprobar cómo han ido evolucionando las consultas que recibimos y, hoy día, lejos de versar sobre conflictos entre el alumnado y los docentes –lo cual sería lo lógico–, ahora lo es en relación con los progenitores. Pero no ya con los docentes o el centro educativo en cuestión, sino que la gran mayoría de los problemas afectan a la esfera personal de los propios padres y madres y, ya en último término, a la de sus hijos/as, alumnos del centro en cuestión.
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Al abordar cómo los centros educativos pueden ser instrumentos de mediación en conflictos familiares, nos referimos a las desavenencias que surgen con motivo de una separación o un divorcio. Aunque en su mayoría, con suerte, tienen límites establecidos dentro de un convenio regulador bien depurado y que no dé lugar a malinterpretaciones, en otras ocasiones es inexistente o parece no tener valor para las partes.
Así, numerosos conflictos intrafamiliares se trasladan a los centros educativos, porque se llega a utilizar a los hijos. Esto hace que el propio centro pueda verse inmerso en episodios tales como la exigencia de información confidencial del alumnado, incluso de sus propios hijos, pese a carecer de la autoridad necesaria. Sería positivo que los profesionales del Derecho de Familia tuvieran el compromiso de asesorar de forma coherente a los progenitores que, en no pocas ocasiones, ponen en un compromiso a quienes debe mantenerse imparciales y centrarse sobre todo en transmitir a sus hijos la mejor formación posible.
Un buen asesoramiento podría evitar muchas discrepancias del día a día. Es del todo imposible recoger la infinita casuística: cuestiones como las personas autorizadas para la recogida del alumnado, la asistencia o no a comedor o a actividades extraescolares, a quién le toca pagar el libro de apoyo de la clase de Lengua… Sin embargo, está claro que se pueden acordar y regular, evitando que sea el centro quien se vea en la difícil tesitura de decidir a quién debe dar información y en qué términos, siempre y cuando no versen sobre cuestiones educativas.
Muchas comunidades autónomas ya tienen sus propios protocolos de actuación o sus guías informativas para ayudar en la actuación de los centros ante los progenitores separados/divorciados que comparten la patria potestad. Aunque pueden variar en algún punto, en esencia vienen a decir lo mismo: “Para el caso de que no exista convenio regulador firmado y sentencia o auto judicial, se hará lo que se venía haciendo hasta la fecha”. Ahora bien, en ocasiones, su texto puede dar lugar a errores de interpretación incluso para los profesionales del Derecho y, una vez más, resulta muy complicado recoger toda la casuística que pudiera surgir dentro del triángulo progenitores-centro docente-alumnado.
Si los conflictos familiares solo van en aumento y desde las administraciones no se dota a los centros de los medios e instrumentos necesarios para afrontar estas cuestiones que atañen a la esfera privada de las familias, solo queda un llamamiento, además de a los abogados de familia, a los propios progenitores, quienes deberían tener un mayor sentido de la responsabilidad, dejando a un lado sus propios intereses personales, primando siempre y, en todo caso, el interés superior del menor.
La cifra
86.595 disoluciones matrimoniales se registraron tan solo en el año 2024.
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