¿Es conveniente que los colegios tengan un protocolo de prevención de abuso sexual?


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– Como centro educativo, ¿es conveniente que tengamos un protocolo de prevención de abuso sexual?

Sí. El motivo principal es concienciar a todo el personal que preste sus servicios en los centros de la importancia que tiene prevenir y detectar cualquier situación de abuso sexual. Además, contar con esta herramienta es fundamental a la hora de evitar, o por lo menos atenuar, responsabilidades civiles para el centro derivadas de la comisión de un delito por parte de alguno de sus trabajadores.

Según el INE, en 2019 el número de condenas por delitos sexuales en España se ha incrementado un 20% con respecto al año pasado. Esta lamentable estadística pone de manifiesto la necesidad de contar con herramientas de prevención y detección de este tipo de delitos, que en no pocos casos se perpetran en los centros educativos.

Los protocolos de prevención y actuación establecen una serie de medidas y reglas detalladas para describir los pasos que hay que seguir frente a posibles situaciones de abuso. Pretenden, por tanto, servir de guía a todas aquellas personas (docentes, monitores, voluntarios etc.) que estén en contacto habitual con menores de edad, y, llegado el caso, poder actuar de manera adecuada frente a cualquier situación de abuso sexual, ya sea sospechado o revelado.

El abuso sexual infantil siempre es una experiencia traumática para los menores. Ya se ha referido la asociación entre el abuso y la aparición, evolución y gravedad de los trastornos mentales, debido a su efecto negativo sobre el desarrollo infantil. La mayoría de los menores abusados precisarán tratamiento psicológico a causa del impacto emocional padecido.

Contenidos del protocolo

Se recomienda que en los protocolos figuren los llamados indicadores de presencia de abuso sexual (ya sea por revelación de la víctima de manera directa o indirecta a tenor de determinadas pautas en su comportamiento).

Deben incluirse prácticas preventivas como evitar quedarse a solas mucho tiempo con un menor; dejar puertas abiertas cuando haya que entrevistarse con ellos; prohibir absolutamente juegos, bromas o castigos que puedan tener connotación sexual; o limitar las muestras de afecto físico y el contacto por otras vías (sobre todo telemáticas) fuera del entorno educativo entre otras.

Debe haber criterios concretos para la selección del personal: certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, y compromiso y declaración firmada del trabajador de conocer, aceptar y acatar el protocolo.

Hay que indicar las medidas cautelares que se van a adoptar si se detecta un posible caso: comunicación a los padres, retirada cautelar del contacto del presunto autor con la supuesta víctima, comunicaciones con el resto del personal para evitar elucubraciones lesivas, etc.

También debe hacerse referencia a las medidas legales que se tomarán, pues comunicar cualquier posible situación de abuso es una obligación legal para todos los ciudadanos, especialmente para los trabajadores en cuya prestación de servicios tengan contacto con menores.

Por último, está resultando muy útil incluir en los protocolos un epígrafe con recursos sociales de interés, tales como teléfonos y direcciones de organismos o instituciones centrados en la asistencia social, psicológica y legal de los menores de edad.

La cifra

2.431 es el número de adultos condenados que fueron inscritos en el Registro de Delincuentes Sexuales en España en 2018.

Puede enviar sus preguntas a: asesorlegal@vidanueva.es

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