El Papa decreta el incremento salarial tras haber examinado “cuidadosamente” las cuentas vaticanas
León XIV preside la misa del consistorio extraordinario de cardenales
León XIV está hoy de cumpleaños, pero el regalo lo hace él anunciando que los cardenales recuperarán su nivel adquisitivo. Y es que en 2021, para paliar los efectos de la pandemia y sanear las cuentas vaticanas, Francisco redujo el salario de los purpurados un 10%. Ahora, el Papa decreta la misma subida salarial.
¿A qué obedece esta decisión de Robert Francis Prevost? La realidad es que el Pontífice anuncia la medida tras haber examinado “cuidadosamente” los dineros de la Santa Sede, cuya mitad del presupuesto está compuesto por gastos de personal. De hecho, cerró el ejercicio 2024 con un superávit de 1,6 millones de euros, rompiendo con años de déficit operativo.
El 23 de marzo de 2021, Jorge Mario Bergoglio anunciaba las medidas de contención salarial -que entrarían en vigor el 1 de abril- en su carta apostólica en forma de ‘motu proprio’ ‘Un futuro sostenible’, solo un año después de la aparición del coronavirus.
Para contener el déficit del Vaticano también se establecían reducciones de entre un 8% y un 3% para otros sacerdotes con el objeto de no tener que despedir a trabajadores laicos ni reducir el sueldo a quienes tienen hijos a cargo.
No obstante, estas reducciones no aplicaban si los cardenales o sacerdotes acreditan que les es imposible hacer frente a los gastos fijos relacionados con su propia salud o la de sus familiares hasta el segundo grado.
Pero, ahora, estas medidas “pueden superarse, con la certeza de que las instituciones de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano continuarán, con diversos instrumentos, en su compromiso de garantizar la sostenibilidad económica”, dice León XIV en su ‘motu proprio’ con el que abroga el promulgado entonces por el Papa argentino.
Cardenales en el consistorio. Foto: Vatican Media
Tras escuchar la opinión de la Secretaría de Economía, liderada por el laico español Maximino Caballero Ledo, establece la derogación de la carta de Francisco desde el 1 de septiembre, “sin perjuicio, no obstante, de los efectos producidos durante su período de vigencia, incluidos los efectos producidos por la suspensión de la acumulación de los incrementos bienales de antigüedad”.