España

52 años de cárcel al cura de Málaga que drogó, violó y grabó a cuatro mujeres

| 09/07/2026 - 16:05

  • La Diócesis andaluza debería pagar 400.000 euros a las víctimas por daños morales como responsable civil subsidiaria
  • La sentencia recrimina al Obispado, que pastoreaba Jesús Catalá, por no vigilar la conducta “absolutamente desordenada” del sacerdote





La sentencia se dicta “sin ningún género de dudas”. Así lo manifiesta en su escrito la Audiencia Provincial de Málaga, que ha condenado a 52 años de prisión al conocido como padre Fran, el sacerdote de la Diócesis de Málaga, por drogar y violar a cuatro mujeres entre 2014 y 2018.



Se le condena por tres delitos continuados de abuso sexual con penetración, con la circunstancia que agrava la pena de abuso de confianza, y se le impone 12 años de prisión por cada uno de estos delitos, además del alejamiento de cada una de estas víctimas durante 13 años. Asimismo, se le condena por otro delito continuado de abuso sexual, también con la agravante de abuso de confianza, en relación con una cuarta víctima, por el que se le impone cuatro años de cárcel y la prohibición de acercarse durante cinco años.

También se le condena por cuatro delitos de continuados de descubrimiento y revelación de secretos y se le impone por cada uno tres años de prisión. Igualmente, en relación con los anteriores delitos, se le impone libertad vigilada un periodo de siete años que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad.

Secuelas psíquicas

Además, tendrá que indemnizar con 403.129 euros en total a las cuatro víctimas por las secuelas psíquicas sufridas y los daños morales. Tal y como recoge la sentencia, el pago de la indemnización responderá como responsable civil subsidiario el Obispado de Málaga.

De hecho, los magistrados argumentan que las víctimas no pertenecían a un grupo de amigos “ajeno a su entorno religioso”, tal y como señalaba la defensa y el Obispado. “Todas tenían una relación espiritual con él”, remarca la sentencia, que detalla que “no se puede desvincular la conducta con su condición de sacerdote”. En esta misma línea se puede leer que su “función religiosa o pastoral” es “la que inicialmente vincula” al hombre con las víctimas y la que utiliza para “despejar cualquier desconfianza” de las mujeres  para que “no vieran peligro o riesgo en él”. “No pueden asumir, como pretendía la Diócesis, separar lo ocurrido de la condición sacerdotal ni parcelar en función de los actos o momentos”, remarca la Audiencia Provincial.

En el escrito también se deja caer que la conducta del cura era “absolutamente desordenada desde su inicio”, que generaba “cuanto menos rumores que habían llegado a conocimiento de la Iglesia”. Es más, considera “inadmisible el desconocimiento” de estos comportamientos por parte de la Diócesis de Málaga, en ese momento pastoreada por Jesús Catalá.

Las funciones de párroco

“Nada excluye la responsabilidad”, describe la sentencia que habla de cómo la conducta del cura violador “debió de ser vigilada por el Obispado”; “No sólo el Obispado no llevó a cabo sus deberes de vigilancia de modo adecuado sino que además no eligió a la persona idónea para desempeñar las funciones de párroco”, echa en cara el Tribunal

Al hablar del “innegable daño o secuela” que ha generado en las mujeres, la sentencia describe “la crudeza de los hechos que se desarrollan y graban desde “la más absoluta indefensión”.

El papel de la novia

El cura, que se encuentra en prisión provisional desde septiembre de 2023, no solo violó a sus víctimas, sino que grabó las agresiones que fueron descubiertas por su pareja sentimental en un disco duro externo que encontró en el domicilio que ambos compartían en Melilla, donde él estaba destinado.

Juicio contra el sacerdote condenado por agredir sexualmente a 4 mujeres Foto: EFE

Ella se lo comunicó a otro sacerdote, al acusado y finalmente a un policía nacional amigo, iniciándose la investigación en 2023. Fue entonces cuando las víctimas fueron conscientes de lo que había sucedido. En la sentencia, los magistrados sí dejan caer que ven “un tanto incomprensible” que la novia del cura condenado optara inicialmente por poner el contenido “en conocimiento de la Iglesia en lugar de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado“. Así, se indica que “si bien ciertamente resulta difícilmente defendible, en nada afecta a la admisibilidad probatoria”.

Sustancia sin identificar

El Tribunal, como mantenía el fiscal y las acusaciones particulares, considera que los hechos tuvieron lugar en el ámbito del desarrollo de actividades religiosas. Y es que, el presbítero, aprovechaba la amistad que generó a través de su labor pastoral para suministrarles una sustancia que no han logrado identificar. A partir de ahí generaba una profunda situación de somnolencia y pérdida de conciencia. Es en ese momento, cuando abusaba de ellas para “satisfacer sus deseos sexuales, y sin que constara consentimiento de la víctima”.

“Necesariamente constituía una sustancia tóxica que les generaba un estado de evidente pérdida de conciencia”, se lee en la sentencia sobre la droga de la que se sirvió.

Absoluto desprecio

En este sentido, los magistrados echan en cara al sacerdote su “absoluto desprecio” por la dignidad de las mujeres a las que atacó: “No sólo no eran conscientes de lo que se les estaba haciendo, sino tampoco eran capaces de defenderse”.

Para la Audiencia Provincial es “incuestionable” el valor probatorio de las grabaciones y las fotografías presentadas, en tanto que permiten “inferir sin género de dudas” la participación del cura en los hechos. Y es que, no solo se le ve en las escenas donde fueron cometidas las violaciones, sino que se constata que son espacios eclesiales, a lo que se suma un informe pericial relativo a las características de ciertas partes de su cuerpo.

El Tribunal también indica que queda probado que el acusado consumía sustancias tóxicas o psicotrópicas. Es más, las compartía con su entorno y las llegaba a exhibir.

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