Tribuna

Homilías sinodales

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En junio de este año 2026 el Dicasterio para el Culto y la Disciplina de los Sacramentos respondió de manera negativa a una consulta realizada por el Episcopado Alemán vinculada a si las laicas y laicos cualificados y formalmente comisionados por el obispo diocesano podían realizar la homilía en las celebraciones eucarísticas.



Esta reflexión dejará de lado dicho intercambio y las fundamento que lo sustentan, y se focalizará en imaginar qué pasos son posibles de dar para concretar los lineamientos del Documento Final Para una Iglesia sinodal: comunión, participación y misión, cuando afirma que es decisivo para la sinodalidad cuidar la celebración de la Eucaristía, en particular la homilía y la participación de todos (cf. DF 142).

Pasos que se han dado

El papa Francisco animaba a los presbíteros  a dedicar un tiempo personal, comunitario, y suficientemente prologado a la preparación de la homilía (cf. EG 45), y recordaba que en ella es necesario retomar el diálogo que el Señor ya entabló con su Pueblo (cf. EG 137).

En América Latina, la recepción del Concilio Vaticano II  promovió la lectura popular de la Biblia en las cebs y, posteriormente, también se fue consolidando la práctica de la lectio divina en pequeñas comunidades. De ambas experiencias no pocos presbíteros y animadores laicos toman elementos para la elaboración de las homilías, o para el comentario bíblico en las Celebraciones de la Palabra.

A partir de estas reflexiones y prácticas podemos formular un interrogante, ¿qué novedad puede favorecer la implementación sinodal para que el diálogo que Dios tiene con su Pueblo esté más presente en la preparación de la homilía?

Obispo Homilia

Celebración Litúrgica – Foto: VaticanNews

Consejos litúrgicos parroquiales

En el proceso de implementación sinodal la constitución o renovación de los organismos de participación son considerados elementos claves. En las comunidades parroquiales es habitual que haya un grupo de liturgia que prepara servicios específicos para las celebraciones, también para la celebración eucarística. ¿Por qué no consolidar la preparación comunitaria de la homilía a través de reconfiguración del grupo de liturgia como Consejo Litúrgico Parroquial que, presidido por presbítero o diácono, favorezca el anuncio inculturado del Evangelio (cf. DF 103)?

El Consejo Litúrgico Parroquial incluirá como parte central de su tarea el discernimiento comunitario orante de los textos bíblicos, integrando la vida cotidiana con los aportes exegéticos necesarios.  Algunas comunidades podrán implementar este dinamismo para las celebraciones diarias; otras, en cambio, para las dominicales, o para fiestas específicas del calendario litúrgico.

Las homilías en corresponsabilidad diferenciada

Conviene considerar la diversidad de perfiles de los participantes, según las orientaciones del Documento Final y priorizar la presencia de mujeres y de personas jóvenes, sin olvidar a aquellos bautizados que quizás no forman parte la estructura pastoral pero que testimonian su fe en lo cotidiano del barrio, especialmente aquellos más pobres y que sufren (cf. DF 106).

También puede verse como una oportunidad de servicio para los cristianos más cualificados (teólogas o teólogos laicos, religiosas o religiosos, o ministros laicos, por ejemplo), a quienes se les puede encargar el rol de coordinación del espacio, articulando el rol de presidencia con el de coordinación en vistas a profundizar la cooperación (cf. DF 67). De esta manera, no implicaría una carga más de gestión para los presbíteros o diáconos, sino una experiencia de encuentro comunitario que facilita una responsabilidad cotidiana.

Al profundizar las dinámicas participativas a través de la escucha y el diálogo de todo el Pueblo de Dios en la preparación de las homilías, se expresa mejor el estrecho vínculo entre la asamblea litúrgica y la asamblea sinodal, y el dinamismo compartido de discipulado misionero de todos los bautizados: “en la Iglesia nadie es mero destinatario de la formación: todos somos sujetos activos y tenemos algo que donar a los demás” (DF 144).