Leon XIV en su audiencia con la OMP. Foto: Vatican Media
León XIV ha firmado hoy viernes 31 de julio la que es la nueva Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del Vaticano, o lo que es lo mismo, la Constitución del Estado más pequeño del mundo. Al analizar el texto estrenado se trata de una reforma quirúrgica de la norma aprobada por Francisco y vigente desde el 13 de mayo de 2023 y que sustituía a la que impulsó Juan Pablo II en 2020.
Como se señala en el preámbulo de documento, el articulado modificado busca “tener en cuenta nuevas exigencias de gobierno y algunas importantes modificaciones normativas introducidas en el curso de los últimos años”.
Una de las principales reformas que introduce pasa por ratificar que la presidencia y de la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano ya no tiene que recaer exclusivamente en un cardenal. Este cambio ya se materializó en el motu proprio firmado por Prevost en noviembre de 2025 ante el nombramiento al frente de este órgano legislativo y ejecutivo de la religiosa Raffaella Petrini, que ya fue designada por Francisco como presidenta del Governatorato.
Francisco ya instauró que la Pontificia Comisión fuera la responsable de aprobar los principales proyectos de los estados pontificios a través de un nuevo Colegio especial de Consejeros de Estado, que asesoran en equipo y no individualmente como hasta ahora.
Sobre el papel del presidente del Governatorato, en este caso, la presidenta, la nueva Constitución explicita cuáles son sus funciones para que verdaderamente se convierta en lo que podría identificarse como el “primer ministro” del Estado Vaticano, eso sí, siempre subordinado al Papa. Así se recoge en el artículo 16, donde se detalla que asegura el gobierno del Estado, dirige toda la función ejecutiva, ejecuta las leyes, dicta las directrices generales, fija la política administrativa, establece las líneas para la gestión del personal, coordina todos los organismos del Governatorato.
También apunta que puede delegar determinadas funciones en el secretario general, como el cargo que, entre otras funciones, ejecuta las directrices del presidente y le sustituye cuando fuera necesario con limitaciones: no puede aprobar normas.
El otro desarrollo reseñable en la nueva ley del Estado Vaticano se contempla en el artículo 22, centrado en la función judicial. Si la Constitución de 2023 se limitaba a hablar de forma genérica de los órganos responsables para ejercerla, León XIV enumera expresamente la estructura: Tribunal, Corte de Apelación, Corte de Casación y Oficina del Promotor de Justicia. Todo esto, teniendo en cuenta la potestad extraordinaria del Papa, que permanece intacta.
Un último detalle a tener en cuenta, estaría recogido en el artículo 7. En la normativa anterior, el Papa podía reservarse la función legislativa. Sin embargo, ahora, León XIV añade que esta encomienda puede “delegarla excepcionalmente en otro órgano”, dejando abierto tanto la estructura como el procedimiento. Lejos de perder autoridad, a priori aumentaría su margen de actuación, porque ahora la Constitución reconoce expresamente una facultad adicional.