Vía libre para juzgar el desahucio de las ex clarisas de Belorado

La Audiencia Provincial rechaza la recusación de la jueza presentada por las monjas cismáticas para dilatar el proceso

Vía libre para juzgar el desahucio de las ex clarisas de Belorado

La Audiencia Provincial ha rechazado hoy la recusación de la jueza presentada por las exreligiosas en el procedimiento de desahucio de Belorado. Es la respuesta al incidente presentado por las ex monjas contra la responsable del Juzgado Mixto de Briviesca, dos días antes de la celebración del juicio de desahucio, que estaba previsto para el día 13 de mayo.



Este movimiento de las monjas cismáticas provocó suspender el procedimiento abierto para que desocuparan el convento, pero, este nueve revés demuestra que que no van a poder frenarlo por mucho tiempo. Se trata del segundo traspiés que sufren en los tribunales esta misma semana, puesto que este lunes el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha inadmitido la demanda que las clarisas cismáticas interpusieron contra el Estado con la que buscaban ‘apropiarse’ los conventos de Belorado, Orduña y Derio, ten su intento frustrado de registrarse como asociaciones civiles.

No cabe recurso

El Arzobispado de Burgos ha desvelado que “el instructor del expediente gubernativo ha rechazado la recusación in voce en el mismo acto de la vista” que se ha celebrado hoy. Es más, puntualiza que contra este auto “no cabe recurso alguno”. O lo que es lo mismo, el engranaje para desahuciar a las ex religiosas sigue adelante. De esta manera, el instructor ha respaldado a la jueza recusada, que ya informó oponiéndose expresamente a la petición de las ex religiosas díscolas.

Las monjas cismáticas de Belorado, en el huerto del convento

Las monjas cismáticas de Belorado, en el huerto del convento

Desde la defensa de las monjas cismáticas entendían que la jueza “está instruyendo diligencias penales” en otras dos causas, la de la venta del oro y la relativa a la acusación contra el comisario pontificio, Mario Iceta, por los supuestos delitos de coacciones, administración desleal y revelación de secretos. Por esta causa, las cismáticas entendían que la magistrada tiene un “conocimiento extraprocesal y extrajudicial de los hechos”, lo que a la defensa le llevaba a entender que la jueza tiene “un prejuicio” que le inhabilitaba para abordar también el procedimiento del desahucio.  A la vista estás que no es incompatible.

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