Una jueza frenó la aplicación de la ley del aborto en la provincia del Chaco (Argentina)

Hizo lugar a una medida presentada por la Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino (FASTA)

-FOTODELDÍA- BAS06. BUENOS AIRES (ARGENTINA), 08/08/2018.- Centenares de personas contrarias a la ley del aborto se manifiestan en el exterior del Senado en Buenos Aires (Argentina) hoy, miércoles 08 de agosto de 2018. Grupos a favor y en contra de la ley del aborto se manifiestan a la espera de la decisión de los legisladores. EFE/David Fernández

La titular del Juzgado N° 19 de Resistencia, Marta Aucar de Trotti, suspendió la aplicación de la ley 27.610 de “interrupción voluntaria del embarazo“, dando lugar a una presentación realizada por FASTA.



Medida cautelar

En la presentación de la demanda, la Fraternidad de Santo Tomás de Aquino aseguró que la ley nacional que permite la interrupción del embarazo es inconstitucional e inaplicable por oponerse a la Constitución de la Provincia, a normas y a tratados internacionales.

Destacaron, además, que corresponde al Gobierno del Chaco garantizar a los habitantes el pleno ejercicio del derecho a la vida, desde la concepción, previsto en el artículo 15 inciso 1 de la Constitución provincial.

Asimismo, señalaron que la ley del aborto “restringe, menoscaba, violenta, limita y altera la existencia del derecho a la vida del niño por nacer”, y explicaron que, como se trata de una competencia concurrente entre la Provincia y la Nación, debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana.

El fallo

Teniendo en cuenta este amparo, la jueza justificó este pedido y sostuvo que se cumplen los requisitos para admitir el dictado de la medida cautelar: “A la luz del planteo invocado, prima facie, corresponde receptar el pedido invocado y con relación a la Ley 27.160, ante la restante normativa mencionada y también plenamente vigente, a fin de evitar resultados contradictorios en su aplicación…”.

En la decisión, la jueza replicó: “Los argumentos invocados por los cautelantes, me convencen… sobre la procedencia de la medida peticionada, en relación al territorio de la provincia del Chaco y, hasta tanto se resuelva la acción principal”.

Habrá que esperar que otras instancias judiciales determinen si prevalece la Ley Nacional por sobre la Constitución Provincial, o viceversa.

Ante la decisión de la jueza, el abogado patrocinante de la entidad, Fernando Enrique Guirado, expresó: “La jurisdicción del Poder Judicial asumió el rol republicano que le corresponde ante este tipo de situaciones sociales. Es una luz de esperanza y de alegría en este proceso que da fuerza a los habitantes que pretenden defender el derecho a la vida“.

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