El Vaticano renueva su ordenamiento jurídico para adaptarse al “actual contexto histórico”

  • El Papa destaca que esta reforma, dirigida a “aumentar la eficiencia”, sigue la línea de la “progresiva actualización legislativa” que lleva en curso desde el 2000
  • La magistratura tiene que aplicar “una legislación en muchos aspectos modernísima, pero injertada en códigos de hace muchas décadas”, escribe Pignatone

Vaticano Roma

El Vaticano cambia su ordenamiento jurídico. Más de tres décadas después de que entrara en vigor la ley número CXIX, promulgada por san Juan Pablo II, el papa Francisco adapta la normativa “al actual contexto histórico e institucional, sensiblemente distinto al de entonces”. Es lo que escribe en su introducción a la ley número CCCLI, firmada por el Pontífice el 13 de marzo, que se publicará hoy en L’Osservatore Romano, el diario de la Santa Sede, y entrará en vigor dentro de un mes.



Jorge Mario Bergoglio destaca que esta reforma, dirigida a “aumentar la eficiencia”, sigue la línea de la “progresiva actualización legislativa” que el Estado de la Ciudad del Vaticano lleva años haciendo. El cambio sigue reconociendo que el ordenamiento jurídico vaticano tiene en el ordenamiento canónico “la primera fuente normativa y el primer criterio de referencia interpretativo”. El Papa considera por tanto que existe un “lazo fundamental y precioso” entre ambos que espera que sea “cada vez más explorado por los órganos judiciales de este Estado”.

Giuseppe Pignatone, presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano, explica en un artículo publicado en L’Osservatore Romano cómo esta reforma era necesaria debido a las “numerosas e importantes modificaciones” legislativas llevadas a cabo desde el 2000, particularmente en el ámbito económico y financiero.

Entre lo antiguo y lo moderno

La magistratura vaticana, escribe Pignatone, tiene hoy que aplicar “una legislación en muchos aspectos modernísima, en gran parte fruto de la globalización, pero injertada en códigos de hace muchas décadas”, en particular el ordenamiento canónico. Esta armonización entre “lo antiguo y lo moderno constituye la peculiaridad del actual momento histórico y también un motivo ulterior de esfuerzo para nosotros magistrados”.

Entre las novedades que recoge el presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano en su artículo, destaca la nueva convicción de la independencia de los magistrados y de su profesionalidad. Aunque estos dependan jerárquicamente del Pontífice, “en el ejercicio de sus funciones están sujetos solo a la ley” y deben ejercer con “imparcialidad” sus poderes.

Pignatone también subraya que, por primera vez, se den normas específicas para el Promotor de Justicia (fiscal) y que aumente el límite de edad de los 74 a los 75 años, cuando debe presentarse la dimisión, que solo será efectiva cuando sea aceptada por el Papa.

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