Tribuna

Desarrollar el cuidado

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Es conocida la ley orgánica de regulación de la eutanasia recientemente aprobada en el Congreso de los Diputados. Llama poderosamente la atención el escaso, casi inexistente, debate social, científico, técnico, ético, deontológico, moral y político surgido respecto a la tramitación de la Proposición de Ley y a sus implicaciones.



Desde hace más de 2400 años está vigente nuestro Juramento Hipocrático. En uno de sus apartados figura claramente: “Aplicaré mis tratamientos para beneficio de los enfermos, según mi capacidad y buen juicio, y me abstendré de hacerles daño o injusticia. A nadie, aunque me lo pidiera, daré un veneno ni a nadie le sugeriré que lo tome. Del mismo modo, nunca proporcionaré a mujer alguna un pesario abortivo”.

En el vigente Código Deontológico del Consejo General de los Colegios de Médicos de España, en el capítulo VIII de Atención al final de la vida, en su artículo 38, apartado 5, se especifica: “El médico nunca provocará ni colaborará intencionadamente en la muerte del paciente. No realizará eutanasia ni colaborará en la práctica del suicidio asistido”. En la Declaración de Ginebra (1948) se explica además que el médico ha de velar con el máximo respeto por la vida humana.

La Asociación Médica Mundial (AMM) fue creada en 1947 y, desde entonces hasta la actualidad, ha declarado de forma repetida que la eutanasia no es un acto médico y “reafirma su fuerte convicción de que la eutanasia está en conflicto con los principios éticos fundamentales de la práctica médica”.

La AMM alienta “firmemente a todas las asociaciones médicas nacionales y a los médicos a abstenerse de participar en la eutanasia, incluso si la ley nacional lo permite o despenaliza en ciertas circunstancias”.

Conclusiones del Colegio de Médicos

Recientemente el Comité Científico de Profesionalismo del Colegio de Médicos de Madrid (ICOMEM) ha publicado un informe cuyas principales conclusiones son:

  • No recomendar la eutanasia como acto médico.
  • Solicitar al Comité de Bioética de España un informe sobre la nueva ley.
  • Permitir informar sobre la posición del ICOMEM a los grupos parlamentarios y debatir con sus representantes las implicaciones de la norma para pacientes y médicos, así como las alternativas existentes.
  • Promover un debate social, así como dentro de las profesiones sanitarias, sobre cómo debe abordar una sociedad madura, desarrollada y compasiva el deseo de adelantar la muerte, las etapas finales de la vida y la muerte digna.
  • Elaborar una ley de cuidados paliativos y etapas finales de la vida, que garantice las prestaciones sanitarias y sociales necesarias para aliviar el sufrimiento de estos pacientes y sus familiares, y tener una muerte digna.
  • Estudiar, con la profesión médica y los pacientes, alternativas más acordes con los principios deontológicos de la medicina.
  • Implementar una formación específica a los médicos y sanitarios sobre cómo abordar y tratar el sufrimiento físico y psicológico de los pacientes.