La Santa Sede decidió remover de su cargo a Ricardo Seirutti, quien se desempeñaba como obispo auxiliar de Córdoba, tras concluir una investigación interna por acusaciones de mala conducta presentadas por dos personas adultas.
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Como resultado de este proceso eclesiástico, el religioso fue destituido de sus funciones principales y recibió la prohibición de confesar a los fieles durante un lustro, aunque se le permitió continuar oficiando misas y otros sacramentos.
El padre Seirutti
En 2015, el papa Francisco lo nombró como obispo auxiliar de la arquidiócesis de Córdoba.
Después de haber sido ordenado sacerdote en 1988, ejerció distintas funciones en la provincia cordobesa. Antes de su elección, se desempeñaba como párroco de San Juan Evangelista y vicario episcopal para los movimientos y asociaciones laicales.
Recibió su consagración episcopal fue el 18 de diciembre de 2015, en la Catedral de la ciudad, de las manos del entonces arzobispo Carlos José Ñáñez. En la Conferencia Episcopal Argentina fue miembro de la Comisión Episcopal de Vida, Laicos y Familia (CEVILAF).
Informe del arzobispado de Córdoba
La arquidiócesis cordobesa anunció oficialmente la destitución de su obispo auxiliar Seirutti de sus funciones. La curia eclesiástica confirmó que esta medida disciplinaria fue ordenada por la Santa Sede tras una exhaustiva investigación judicial llevada a cabo por el Tribunal Interdiocesano de Buenos Aires.
Aclararon que el proceso legal interno se originó debido a las denuncias formales presentadas por dos personas adultas en relación con comportamientos inapropiados por parte del prelado que finalizó con la sanción del Vaticano.
De esta manera, la Iglesia de Córdoba compartió no solo la resolución emitida por el tribunal interviniente sino también las limitaciones impuestas al ministerio de Seirutti y las acciones pastorales de la comunidad arquidiocesana. La acusación llevó al Dicasterio para la Doctrina de la Fe a ordenar el proceso con un dictamen que establece:
- la pena de privación del oficio de obispo auxiliar y otros oficios; y
- la prohibición de recibir nombramientos formales o nuevos oficios, y de administrar el sacramento de la penitencia o reconciliación por el plazo de cinco años (canon. 976 CIC)
Para concluir, en el comunicado las autoridades eclesiásticas ofrecieron su cercanía y perdón a las personas afectadas, a la vez que renovaron” el compromiso de continuar trabajando para que todas las acciones de nuestra Iglesia particular sean acordes con el Evangelio”.
