Cáritas ha pedido al Gobierno, por medio de un comunicado, una respuesta “ágil” a las solicitudes que más de un millón de personas migrantes han presentado para regularizar su situación administrativa. Y es que, tras el fin del plazo para presentar las solicitudes –que ha tenido lugar entre el 16 de abril y el 30 de junio–, la entidad ha valorado “de forma positiva” la respuesta a esta medida extraordinaria.
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“Una vez finalizado el plazo legal otorgado para presentar expedientes, ahora se abre una nueva fase”, señala Cáritas, pidiendo al Ejecutivo “una respuesta ágil”, así como que “notifique cuanto antes a las personas migrantes la autorización provisional de residencia y trabajo, y que admita cualquier medio de prueba válido para acreditar el lugar de residencia, sin necesidad de tener que aportar un certificado de empadronamiento en el momento de solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero”.
“Desde Cáritas hemos hecho un refuerzo a nivel Confederal para que todas nuestras Cáritas Diocesanas y parroquiales puedan servir de espacios de acogida, asesoramiento y provisión de información veraz sobre la regularización extraordinaria”, asegura Diego Fernández-Maldonado, del equipo de Incidencia Política de Cáritas Española. “Confiamos en que la mayor parte de estas personas reciban pronto la deseada autorización de residencia definitiva”, añade.
Principales obstáculos
Durante ese proceso de acompañamiento a las personas, Cáritas ha detectado una serie de dificultades que obstaculizan el acceso a derechos a las personas migrantes mientras se resuelven sus expedientes. Entre ellos, destaca la concesión de la “autorización provisional de residencia y trabajo”, considerando que esta figura, pese a ser “muy necesaria”, corre el riesgo de ser “poco efectiva”.
En primer lugar, porque las comunicaciones de inicio de trámite, momento en el cual se otorgan estas autorizaciones provisionales, están tardando un tiempo excesivo en ser tramitadas y notificadas a las personas. “Esta situación genera incertidumbre e inquietud en las personas y retrasan el momento de poder acceder a un contrato de trabajo, abrir una cuenta bancaria, etc.”, señala Fernández-Maldonado.
Además, la entidad Cáritas también ha detectado reticencias por parte de las personas empleadoras para contratar a personas que cuentan con una autorización provisional para trabajar fruto del desconocimiento de esta figura, su plazo de vigencia o validez.
“Desde Cáritas reivindicamos que estas autorizaciones son plenamente válidas para el alta en la Seguridad Social –aunque sean de carácter transitorio– y serán automáticamente convalidables por una autorización definitiva una vez la persona tenga una autorización definitiva dentro de algunas semanas. A su vez, para los casos en los que una persona extranjera reciba una resolución definitiva de carácter denegatorio, es obligación de esta persona notificar a su empleador la finalización de su autorización para trabajar”, recuerda Fernández-Maldonado.
Vista de una oficina de Extranjería en Valladolid ante la regularización extraordinaria de migrantes. Foto: EFE
Cualquier medio de prueba válida
Por otro lado, Cáritas ha recordado que “la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es el documento válido que identifica a la persona una vez que tenga una autorización de residencia definitiva”. Y es que la entidad ha identificado que “se exigirá un certificado de empadronamiento como requisito para tramitar la TIE, algo contrario tanto al texto del Real Decreto de regularización como al espíritu de la norma, que puede complicar el acceso a la documentación para muchas personas que actualmente no tienen acceso al padrón municipal”.
Por ello, Cáritas solicita que se admita cualquier medio de prueba válido para acreditar la residencia, sin necesidad de tener que aportar un certificado de empadronamiento. “Entre ellos, podría ser facturas de suministros, contrato de alquiler, entre otros documentos”, apuntan.
