El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado este martes que una asociación de la Iglesia católica no puede despedir a un trabajador por abandonar dicha Iglesia si para su mismo puesto emplea a personas que no pertenecen a la misma, o si el trabajador no es públicamente “hostil” contra ella.
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Tal como recoge EFE, en una sentencia publicada este martes, la corte comunitaria con sede en Luxemburgo señaló que la legislación europea se opone a una norma nacional que permita que una organización privada cuya ética se base en una religión pueda “exigir a un trabajador que pertenece a una determinada iglesia que practica esa religión que no abandone esa iglesia durante la relación laboral, so pena de despido”.
El caso se refiere a una organización de la Iglesia católica alemana que asesora a mujeres embarazadas y exige que sus trabajadores respeten las directrices católicas al respecto y, por tanto, promuevan que las mujeres que les consulten sigan adelante con su embarazo y no aborten.
Una de sus trabajadoras dejó la Iglesia católica con el argumento de que su diócesis recaudaba una contribución adicional al impuesto eclesiástico de las personas católicas que, como ella, están casadas con una persona no católica que dispone de ingresos elevados.
Según el TJUE, en su mismo servicio trabajaban otras personas que no pertenecían a la Iglesia católica, no sujetas al mismo requisito de lealtad y que, por tanto, no corrían el riesgo de ser despedidas por este motivo.
Obligaciones de lealtad
Sin embargo, la organización la despidió por un “incumplimiento grave de las obligaciones de lealtad” y la trabajadora les llevó ante los tribunales alemanes, que solicitaron al TJUE que interpretara si el despido constituye una diferencia de trato directamente basada en la religión.
Para los jueces europeos, el hecho de que en el mismo servicio haya trabajadores no afiliados a la Iglesia Católica “tiende a demostrar que la propia asociación considera que la pertenencia a dicha Iglesia no es necesaria, sino que basta con que sus asesores se comprometan a respetar sus directrices en la materia”.
Además, la trabajadora no había participado en ninguna actividad hostil contra la Iglesia y había justificado el abandono por el cobro de la contribución adicional de su diócesis, lo cual no implica -según el TJUE- que se haya “distanciado ni desviado de los preceptos y de los valores fundamentales de la Iglesia católica”, que puede seguir estando dispuesta a cumplir para respetar su contrato de trabajo.
“Corresponde a la asociación demostrar que el riesgo alegado de vulneración de su ética o de su derecho a la autonomía es probable y grave”, apunta el TJUE, que devuelve así el caso a los tribunales alemanes para que se pronuncien.
