Miguel Campo: “La reforma canónica de los últimos años se ha ido orientando a colocar a las víctimas de abusos en el centro” 

Miguel Campo, SJ

El Instituto Teológico de Vida Religiosa (ITVR) organiza este sábado 11 de noviembre la ‘Tercera Jornada sobre Abusos de Poder y de Conciencia’. Aunque el ponente será Carlos Morán, decano del Tribunal de la Rota en España, junto a él participarán en el encuentro el jesuita Miguel Campo y el claretiano Teodoro Bahillo, ambos pertenecientes al servicio jurídico de la CONFER (Conferencia Española de Religiosos).



Campo, también vicedecano de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia Comillas, aterrizará esta reforma canónica a la realidad de la Vida Consagrada. Vida Nueva conversa con él sobre cómo el ‘motu proprio’ papal ‘Vos estis lux mundi’ ha marcado un antes y un después en esta materia.

Para sumarse a esta sesión es necesario inscribirse. Se podrá participar tanto de forma presencial como online. Y en caso de que no se pueda seguir el evento en directo, una vez realizada la inscripción se puede acceder a la grabación en cualquier otro momento.

‘Vos estis lux mundi’

PREGUNTA.- ¿Cómo ha ayudado el ‘motu proprio’ ‘Vos estis lux mundi’ a la transparencia en los procesos canónicos?

RESPUESTA.- ‘Vos estis lux mundi’, tanto en su versión de 2019 como en su versión de 2023, supuso un impulso decidido de la suprema autoridad de la Iglesia para establecer unos procedimientos claros en la recepción de informes de denuncias y para que existan unos cauces establecidos en todas las diócesis, institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica. Lo que me parece más importante es que con esto se consolidó un proceso que la Iglesia ha venido llevando a cabo en los últimos años para establecer unos mecanismos claros y adecuados para poder atender los casos de denuncias y darles un tratamiento que sea respetuoso con los derechos de todas las partes involucradas.

Me parece importante decir que ‘Vos estis lux mundi’ no ha sido la primera actuación decidida de la Iglesia en esta materia sino que ha sido un hito, importante sin lugar a dudas, pero un hito entre otras actuaciones que la Iglesia ha venido llevando a cabo en los últimos años para mejorar su legislación y sus procedimientos de manera que se garantice de la forma más adecuada posible la protección de las víctimas y el acceso a la justicia de todas las personas que se han visto afectados por estos tipos de delitos.

Creo que es justo señalar que difícilmente se podrá encontrar una legislación más contundente con los plazos de prescripción, la dureza de las penas y con las garantías establecidas a favor de las víctimas para que puedan denunciar, incluida una garantía de confidencialidad y de respeto al derecho al honor y a la intimidad de la víctima si así lo solicita. Se puede afirmar que no hay ninguna otra organización, incluidos los Estados civiles, que se haya movilizado en los últimos años de una forma tan clara y decidida a favor de las víctimas como la Iglesia.

P.- ¿Siguen siendo los procesos canónicos opacos?

R.- La vía judicial para la resolución de conflictos, tanto en el ámbito estatal como en el ámbito canónico, tiene una dureza intrínseca que es imposible soslayar, y esto ha de ser siempre tenido en cuenta. Existe una penosidad, una dureza en estos procesos, que hay que hay que tener en cuenta y que es difícilmente evitable si no se quiere prescindir de las más elementales garantías jurídicas (entran aquí en juego principios como el de contradicción, el derecho a la defensa y la presunción de inocencia).

Yo cuestionaría una afirmación de opacidad sin matices en los procesos canónicos. Quiero poner de relieve la reciente Instrucción de la Conferencia Episcopal Española sobre abusos sexuales en la que se ha establecido un amplísimo marco de garantías y de formas de intervención de las víctimas y de los denunciantes en la fase de investigación previa con todo un sistema claramente establecido de comunicaciones a las víctimas de cada uno de los actos procesales, y la obligación de proporcionar siempre información ajustada acerca de la fase en la que se encuentra la denuncia, los pasos previos y los pasos siguientes.

Es verdad que después, en el proceso canónico, tanto en su vertiente de procesos extrajudicial o administrativo como del proceso judicial, la víctima no tiene la consideración de parte y no va a poder participar quizás de la manera tan intensa que se podría dar en un proceso penal en el ámbito estatal (siempre y cuando en este se haya personado como parte), pero yo invitaría a considerar que esto no impide el que la víctima reciba una atención tal como se configura en la ley española al Estatuto de la víctima o en las diferentes orientaciones de la Pontificia Comisión para la Protección de Menores, consistente en ofrecer información, un trato humano y cercano, información, acompañamiento y otros modos de atención a las víctimas que no pasan necesariamente por actuar como parte procesal. Hay cosas que no por no estar mandadas están prohibidas.

También querría señalar que es verdad que la víctima no tiene la consideración de parte en el proceso penal canónico, pero quiero apuntar que en los procesos penales canónicos se dan unas condiciones de cercanía, de protección de la intimidad y del contenido de las actuaciones que no siempre se alcanzan en los procesos penales seculares, donde lamentablemente en muchas ocasiones se producen filtraciones a la prensa que ocasionan una importante revictimización.

P.- ¿Cómo han ayuda los distintos avances de la Santa Sede en materia de abusos para poner a las víctimas en el centro?

R.- Creo sinceramente que la actividad de la Santa Sede en los últimos años, y no solo de la Santa Sede sino también de la Conferencia Episcopal Española y del conjunto de los institutos de vida consagrada y las sociedades de vida apostólica, se ha ido orientando a colocar a la víctima en el centro y a establecer mecanismos para dar una respuesta adecuada en justicia a los casos de abusos sexuales de menores o de adultos.

Todo esto ha ido conduciendo de una manera bastante efectiva a que la víctima adquiera un estatuto que la coloca en el centro del actuar de la Iglesia; vuelvo a poner como ejemplo, porque me parece que es muy significativo, la reciente Instrucción de la Conferencia Episcopal Española sobre abusos, especialmente en lo que toca a la fase de investigación previa, el establecimiento de una amplísima y consolidada red de recepción de denuncias en todas las diócesis y en los institutos de vida consagrada y de sociedades de vida apostólica a raíz de ‘Vos estis lux mundi’, y también en un elemento al que también se alude en el ‘motu proprio’ que es la progresiva formación de una red de operadores jurídicos, es decir, de personas capacitadas para intervenir en todo el transcurso del proceso, desde que se presenta una noticia o denuncia de un abuso, todo ello para poder ofrecer a las víctimas, a los denunciantes y a los denunciados, el mejor trato, humano, y con respeto a las garantías que exige la justicia.

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