Manuel Arroba propone “una mayor especialización” sobre infancia en la justicia eclesial

El juez del Tribunal de la Rota en España participa en el II Curso de Protección de Menores promovido por Instituto Teológico de Vida Religiosa

“La protección del menor víctima es una problemática dinámica de la que vamos aprendiendo más”. Es la reflexión que lanza Manuel Arroba, profesor de Derecho Procesal y Juez del Tribunal de la Rota en España. Dentro del II Curso de Protección de Menores promovido por Instituto Teológico de Vida Religiosa, Arroba condujo esta mañana una sesión formativa centrada en las problemáticas procesales en la protección canónica del menor.



El también decano de la sección de Madrid del Pontificio Instituto Teológico Juan Pablo II para el Matrimonio y la Familia apreció que “no todo está siempre en la norma”, sino que exige una “la responsabilidad personal de captar la irrepetibilidad de cada caso” aun cuando existen protocolos generales. “Esto no desmiente el principio de legalidad”, subrayó.

Constante discernimiento

“Hay una llamada constante al discernimiento por parte de quien tiene que conducir el proceso y quien tiene que decidir”, aseguró el religioso claretiano que repaso los principales textos normativos más recientes tanto en el ámbito civil como eclesiástico en relación a los abusos a menores.

En relación a la nueva ley orgánica de protección de la infancia y la adolescencia aprobada en España, Arroba comentó que tiene “aspectos muy positivos”. En este sentido, confía en que la reforma permita acabar con “la percepción generalizada de fracaso judicial al tratar las denuncias sobre abusos de menores” ante el escaso número de denuncias y el bajo porcentaje de condenas. De ahí que aplauda que se haya aumentado la prescripción de los delitos con menores. “La ley se acerca a lo que la Iglesia ya había experimentado desde 2010”, defendió Arroba.

Proteger derechos

En la Iglesia estamos muy lejos de que haya tribunales y juristas especializados en materia de menores como sí propone la ley española. Animo a que se promueva esta especialización”, reflexionó el especialista  sobre los nuevos juzgados en infancia que habilita la nueva norma española.

Sobre la instrucción sobre la confidencialidad y los derechos procesales del menor publicada por la Santa Sede en diciembre de 2019, el claretiano explicó que ya se conoce popularmente como el documento “que abolió el secreto pontificio”.  A su juicio, “era necesario hacer esta intervención para proteger mejor los derechos del menor, pero, sobre todo, porque había una praxis equivocada en la aplicación e interpretación en la normativa sobre el secreto pontificio que existía anteriormente y que fue dada por Pablo VI”.

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