Los obispos europeos se rebelan contra el borrado de los registros bautismales

La COMECE alerta de que eliminar el nombre de una persona “priva al registro del bautismo de su significado, valor y finalidad” y espera que el Tribunal de Justicia de la UE corrija la orientación de su abogado general

Bautismo
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La Comisión de las Conferencias Episcopales de la Unión Europea (COMECE) ha mostrado su “fuerte preocupación” ante las primeras indicaciones del caso que estudia el Tribunal de Justicia de la UE sobre el borrado de datos personales de los registros bautismales.



La reacción llega después del dictamen emitido el pasado 1 de octubre por el abogado general del Tribunal en el asunto C-12/25, Bisdom Gent. Se trata de una opinión no vinculante que deberá ser ahora valorada por los jueces antes de dictar sentencia y que la propia COMECE reconoce que aborda cuestiones “complejas” y deja margen de decisión a los tribunales nacionales.

El dictamen reconoce además la relevancia de la autonomía de las Iglesias, la libertad religiosa y la importancia que tiene para la Iglesia “la correcta administración de los sacramentos”. Sin embargo, varios de sus planteamientos han encendido las alarmas entre los obispos europeos.

¿Se puede borrar un bautismo?

Uno de los principales puntos de fricción está en la solución utilizada hasta ahora en distintos países europeos cuando una persona solicita que sus datos desaparezcan del registro bautismal. Y es que en numerosos ordenamientos se ha aceptado como respuesta incorporar una anotación marginal que deje constancia de la voluntad de la persona, manteniendo al mismo tiempo el registro histórico del bautismo. El abogado general se distancia ahora de esta fórmula.

“Borrar el nombre y apellido de la persona bautizada del registro de un bautismo priva por completo al registro del bautismo, como tal, de su significado, valor y finalidad”, subraya la COMECE. En este sentido, los obispos consideran que este aspecto no ha recibido suficiente atención en el dictamen y echan también en falta una valoración más profunda de las consecuencias que el borrado puede tener sobre los derechos e intereses de terceras personas.

La “angustia emocional”, en cuestión

Los obispos tampoco considera convincentes los argumentos que relacionan la conservación de los datos bautismales con el posible malestar emocional de quien ya no desea tener relación con la Iglesia. La organización episcopal cuestiona expresamente “las consideraciones sobre la posible angustia emocional que podría derivarse de conservar los datos de una persona en un registro bautismal”.

Además, “si se confirma, la orientación proporcionada por el dictamen puede crear una importante inseguridad jurídica para los responsables eclesiásticos del tratamiento de datos en todos los Estados miembros de la UE”, añade la COMECE.

Los registros, “pilar central” de la Iglesia

Para los obispos europeos, el problema adquiere especial importancia porque los registros bautismales no son únicamente un archivo de datos personales, sino “un pilar central del funcionamiento y la organización interna de la Iglesia” y considera que resultan esenciales para que pueda desarrollar su misión.

La anotación de un bautismo sirve además como referencia para otros actos sacramentales y canónicos posteriores, de ahí que la Iglesia defienda la conservación del hecho histórico incluso cuando una persona manifieste expresamente que ya no desea pertenecer a ella. La organización episcopal introduce, no obstante, una precisión importante: el dictamen del abogado general no reconoce “ningún derecho general o automático” a eliminar datos de los registros bautismales.

Mariano Crociata, presidente de la COMECE

Mariano Crociata, presidente COMECE en el Encuentro del Partido Popular Europeo en Santiago. Foto: COMECE

La autonomía de las Iglesias

La COMECE ha relacionado el debate con las palabras pronunciadas hace apenas unos días por León XIV en Metz durante su viaje a Francia. Y es que el Papa recordó entonces el artículo 17 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y defendió que la laicidad de los Estados no se limita al carácter aconfesional de sus instituciones, sino que exige también respetar la autonomía de las Iglesias y garantizar su libertad de organización, expresión y culto.

La cuestión está directamente conectada, según los obispos, con el margen que las confesiones religiosas deben conservar para organizar internamente sus sacramentos y sus propios registros.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se espera en los próximos meses y no tiene obligación de seguir las conclusiones presentadas el pasado 1 de octubre. Mientras, la COMECE confía en que los jueces adopten finalmente “una línea más favorable respecto a la protección de los registros bautismales frente al borrado”.

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