Ser vivo, ser humano y otras incongruencias

embrion-humano(Juan-Ramón Lacadena – Catedrático emérito de Genética, Universidad Complutense de Madrid) Desde aquel primer gazapo en el que la actual ministra de Igualdad, Bibiana Aído, dijera aquello de “miembros y miembras”, no han sido raras sus intervenciones llamativas. La última se refiere a algo mucho más serio, como es su concepto sobre lo que es o no es un ser humano. En relación con la futura ley que incluye la interrupción voluntaria del embarazo, ante la pregunta formulada en una emisora de radio sobre cómo consideraba a un feto de trece semanas, contestó: “Un ser vivo, claro; lo que no podemos hablar es de ser humano, porque eso no tiene ninguna base científica”.

juan-ramon-lacadenaLa ministra Aído no podía haber contestado otra cosa, porque, dado que España está obligada a cumplir la Convención de Derechos Humanos y Biomedicina (1997), que en su Art.1 dice “las partes [las naciones firmantes] protegerán la dignidad de todo ser humano”, tuvo que resguardarse bajo el paraguas de la supuesta base científica de su afirmación para justificar lo injustificable y no entrar en una incompatibilidad con una norma jurídica que España tiene que cumplir. Yo, desde la Genética y la Biología, disiento de la opinión de la ministra Aído porque considero que el feto de trece semanas es un ser humano aunque esté aún en fase de desarrollo.

Según el anteproyecto de la Ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, se regulan las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo. Se trata de una ley de plazos según las circunstancias: dentro de las primeras 14 semanas, a petición libre de la interesada; o por causas médicas (riesgo para la vida o la salud de la embarazada o graves anomalías en el feto) hasta la semana 22; o posteriormente a la semana 22, sin limitación de tiempo, en determinadas circunstancias de anomalías fetales. Desde el punto de vista penal, el aborto pasa de estar despenalizado a estar legalizado.

Otro aspecto importante desde el punto de vista jurídico es la decisión de rebajar a los 16 años la edad en la que la mujer (la adolescente) puede tomar libremente la decisión de abortar estableciendo un nuevo concepto de “mayoría de edad sexual”, en contraposición con la Ley 41/2002, “básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica”, que en su Art. 9 (Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación), apartado 3c., establece que “cuando se trate de menores no incapaces ni incapacitados, pero emancipados o con dieciséis años cumplidos, no cabe prestar el consentimiento por representación”; pero que, sin embargo, en el apartado 4 dice que “la interrupción voluntaria del embarazo, la práctica de ensayos clínicos y la práctica de técnicas de reproducción humana asistida se rigen por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por las disposiciones especiales de aplicación”. Pues bien, la Disposición final segunda que figura en el anteproyecto de la nueva ley modifica este apartado 4 suprimiendo la referencia a “la interrupción voluntaria del embarazo”. En resumen, a efectos de poder abortar libremente sin necesidad de consentimiento paterno alguno, la mayoría de edad sexual se adelanta a los 16 años.

Resulta paradójico, sin embargo, que dentro del ámbito sexual se siga exigiendo la mayoría de edad para la utilización de las técnicas de reproducción humana asistida (Ley 14/2006, Art. 6. Usuarios de las técnicas. 1. “Toda mujer mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar… con independencia de su estado civil y orientación sexual”).

En el presente contexto, me parece oportuno señalar que en el mundo incoherente en que vivimos, en donde se gastan miles de millones de dólares en armamento, cuando hay millones de personas que viven en la pobreza; o se arrojan excedentes de alimentos al mar para que no baje su precio en los mercados, cuando hay millones de personas que mueren de hambre, se dan también incongruencias, como las de algunos grupos defensores de la naturaleza o de los derechos de los animales, que se declaran partidarios del aborto, como si la especie humana no fuera parte de la naturaleza. Son capaces de defender un nido de aves, pero no la vida del embrión o del feto humano.

A la pérdida de valores en nuestra sociedad que supone la ley del aborto hay que añadir la frivolización de las relaciones sexuales que implica la dispensación libre en las farmacias de la píldora postcoital o píldora del día siguiente dispuesta por el Ministerio de Sanidad y Política Social (Trinidad Jiménez) en colaboración con el Ministerio de Igualdad (Aído). Lamentablemente, nuestra sociedad no anda con exceso de valores.

En el nº 2.662 de Vida Nueva.

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