Los religiosos, relegados de los comités de bioética de los hospitales de Valencia

médico atiende a un paciente en la cama de un hospital que está recibiendo una transfusión de sangre

La Generalitat cambia la ley sin tener en cuenta las alegaciones del Arzobispado

médico atiende a un paciente en la cama de un hospital que está recibiendo una transfusión de sangre

Los religiosos, relegados de los comités de bioética de los hospitales de Valencia [extracto]

JOSÉ RAMÓN NAVARRO PAREJA (VALENCIA) | La nueva norma sobre la composición de los comités de bioética asistencial (CEA) de la Comunidad Valenciana, que entró en vigor el 6 de diciembre, limita la presencia en ellos de representantes religiosos al dejar de considerarlos miembros natos, como ocurría hasta entonces. La redacción final de la norma, que también relega a forenses y licenciados en derecho, no ha tenido en cuenta las alegaciones presentadas por el Arzobispado de Valencia y otras doce instituciones, en las que se pedía mantener en los comités a “las personas encargadas de la asistencia religiosa en los hospitales”. Se argumentaba para ello que es “una práctica habitual en los países de nuestro entorno” y recomendada por la Unesco para tener en cuenta la “dimensión espiritual de la persona” y garantizar “una visión suficientemente completa y real de los problemas” que analizan estos comités.

Los cambios legislativos, que se circunscriben básicamente a la composición del comité, sorprendieron al Arzobispado cuando fueron anunciados el 1 de agosto, ya que “no concurre ningún motivo que justifique la exclusión” de los responsables de la asistencia religiosa. En las alegaciones presentadas, se recordaba que la experiencia de los comités de bioética ha puesto de manifiesto que los representantes religiosos “se han integrado de forma efectiva sin que hayan planteado problemas de funcionamiento que aconsejen su exclusión”. Además, se recordaba que esta figura no se reducía a la presencia del capellán católico, sino que este podía “ser sustituido por un representante de otra confesión religiosa, a la vista de las circunstancias de cada caso concreto”.

La función principal de los CEA es ofrecer “reflexiones desde los principios y valores para resolución de los dilemas éticos que se les plantean”. No tienen “capacidad ejecutiva ni sancionadora”, sino que se se limitan a “dar argumentos éticos a los profesionales que tienen que tomar las decisiones médicas”. En los últimos años, han tenido pronunciamientos sobre cuestiones como “si una acción médica es o no eutanasia, la conveniencia de la desconexión de un respirador o de transplantes intervivos, o si un familiar puede o no acompañar a un enfermo terminal en cuidados intensivos”.

“Pluralidad de visiones”

Nicolás Sánchez, profesor de la Universidad Católica de Valencia y del Instituto Juan Pablo II, y uno de los encargados de redactar las alegaciones, destaca que el “poder” de las resoluciones de los CEA recae “en su autoridad moral”. Por ello, añade, “es necesario que se consideren todas las dimensiones involucradas en los dilemas éticos: legales, técnicas, sociales, económicas y también espirituales”.

En ese sentido, recuerda que en el escrito presentado se destacaba que “si impedimos la presencia en los CEA de las personas encargadas de la asistencia religiosa, estamos impidiendo considerar un aspecto que para muchas personas de nuestro país y cultura es importante, como es la dimensión espiritual, circunstancia que contribuiría a ofrecer una visión de la realidad distorsionada e irreal, incluso para aquellas personas que no tienen ninguna creencia en particular”.

La nueva norma establece que los comités estarán formados por un mínimo de nueve miembros, en los que no deben faltar dos médicos, un farmacéutico, dos profesionales de enfermería, otro del Servicio de Atención e Información al Paciente y un trabajador social, todos del propio departamento de salud, así como una persona no vinculada a las profesiones sanitarias.

En su análisis de la norma, Sánchez destaca que, aunque en el artículo sobre su composición desaparecen como miembros natos los religiosos que trabajan en los centros sanitarios, sí que “deja una puerta abierta a su presencia”, ya que prevé que el comité se complete con “otras personas cuya categoría profesional sea considerada de interés por el comité de bioética asistencial, dándose preferencia de elección una persona graduada o equivalente en filosofía, derecho o psicología”. Sin embargo, esta posibilidad “no garantiza la pluralidad de visiones”, ya que la presencia de otras sensibilidades dependerá solo de lo que el propio comité decida.

“Una sensibilidad que no tienen otros miembros”

En ese sentido, la experiencia de Constantino Tormo, médico con más de cuarenta años de experiencia y que, desde hace tres, preside uno de los veinte comités de bioética que existen en la Comunidad Valenciana, le lleva a defender la presencia del asistente religioso en la institución. “En nuestro caso –explica–, el representante religioso ha sido uno de los más activos y sensibles a las necesidades de los pacientes, no solo desde su perspectiva creyente, sino en otros conflictos éticos, como cuando detectó un problema que ponía en cuestión el obligado anonimato de los pacientes en el hospital”.

Su papel también fue fundamental con otro de los debates llevados al comité, en el que se “evaluaron las necesidades asistenciales de los Testigos de Jehová”. “Fue de gran ayuda su presencia, porque aportaba una sensibilidad religiosa que no tienen otros miembros del comité y que ayuda a entender mejor el problema”. En estos casos, las conclusiones del comité, que se aprueban siempre por una mayoría no inferior a los dos tercios, se comparten con otros comités y se trasladan a la Administración. 

La nueva legislación establece un período de seis meses para adaptar la composición de los comités, aunque en el caso del presidido por el doctor Tormo, será el próximo día 21 cuando analicen su aplicación. Él no duda de que, en su caso, el asistente religioso “seguirá presente en el comité, dada la implicación y significación que ha tenido hasta el momento”.

Publicado en el número 3.016 de Vida Nueva. Ver sumario

 


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