Ya tengo la nulidad. Así es la primera sentencia exprés en España

sentencia de nulidad matrimonial por la vía rápida, firmada en marzo de 2016 por el obispo de Bilbao, Mario Iceta, después de la reforma del proceso del papa Francisco

El procedimiento puesto en marcha por Francisco reduce el tiempo de los cinco años hasta los dos meses

sentencia de nulidad matrimonial por la vía rápida, firmada en marzo de 2016 por el obispo de Bilbao, Mario Iceta, después de la reforma del proceso del papa Francisco

Esta es la primera sentencia de nulidad exprés en España

RUBÉN CRUZ | Nulidad exprés año I. El pasado 8 de septiembre se cumplían 365 días de la publicación del motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio. A tan solo un mes del Sínodo de la Familia, Francisco sorprendió a los obispos con este documento, que incluía un procedimiento breve para “el enorme número de fieles que, aunque deseando proveer a la propia conciencia, con mucha frecuencia se desaniman ante las estructuras jurídicas de la Iglesia”, según puso negro sobre blanco el Pontífice.

La reforma no entró en vigor hasta el 8 de diciembre de 2015. Y el 30 de marzo, el obispo de Bilbao, Mario Iceta, firmaba las dos primeras sentencias exprés en nuestro país. Uno de los protagonistas, Juan Pradera (36 años), relata a este semanario cómo vivió el proceso que le ha permitido volver a casarse por la Iglesia. Ante esta “diligente” reforma, solo tiene una palabra para Francisco: “Gracias”.

El Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica de España ha solicitado una estadística a la Asociación Española de Canonistas para saber el número de demandas que se están presentando. A falta de cifras oficiales, las diferentes diócesis con las que ha hablado esta revista indican que las demandas de nulidad se han triplicado, “aunque esto no significa que todas sean por la vía rápida”, como indica el vicario judicial de Getafe, Alberto Royo. En esta diócesis se han firmado tres causas breves. Y en los seis primeros meses del año han recibido alrededor de 50 demandas de nulidad, mientras que la media anual no suele superar las 30.

¿Y están los tribunales eclesiásticos preparados para acoger un boom de demandas? “Toda reforma siempre es un reto, pero gracias a Dios estamos preparados”, explica. Además, “la reforma era muy necesaria”, sostiene Royo. (…)

Según el motu proprio, entre las circunstancias que pueden permitir tratar la causa a través del proceso breve se cuentan: “La falta de fe que puede generar la simulación del consentimiento o el error que determina la voluntad, la brevedad de la convivencia conyugal, la obstinada permanencia en una relación extra conyugal al momento de las nupcias o en un tiempo inmediatamente sucesivo, un motivo para casarse totalmente extraño a la vida conyugal, la falta de uso de razón comprobada por documentos médicos, etc”.

Prisas, juventud y falta de madurez

En esta casuística encajaría el procedimiento del bilbaíno Juan Pradera. Él mismo achaca el fracaso de su matrimonio a las prisas y la juventud. “Mi pareja era mayor que yo. Ella tenía mucha prisa por casarse y tener hijos. Yo era joven y no tenía claro lo que quería hacer con mi vida, pero cuando eres joven piensas que las cosas son fáciles y no es así. Actuar con templanza y tomar las decisiones de forma meditada, sin presiones ni coacciones, es algo que los años te van enseñando”, indica. Al mismo tiempo, señala que su exmujer “no tenía en la cabeza lo que era un matrimonio cristiano… Y yo me dejé llevar”.

En 2007 se celebró el matrimonio, y dos años después tuvieron una niña. Sin embargo, en 2011 ella le pidió el divorcio. “Me dijo que en el fondo solo había querido casarse para ser madre y que se equivocó”, recuerda. Tras esta traumática situación, Juan decidió poner tierra de por medio e irse a trabajar a Estados Unidos, donde reside desde entonces. “Son momentos de tu vida muy duros, te sientes que has fracasado como padre, como marido, como todo… Piensas que nunca vas a salir de ese agujero. Cuando sales, con la ayuda de tu familia y amigos, poco a poco empiezas a darte cuenta de que la vida es mucho más y que lo que pasó no ha sido una derrota ni una humillación”, explica. (…)

La tentación de esquivar la reforma

En España se han firmado ya decenas de sentencias por la vía rápida, pero no todas las diócesis están aplicando el nuevo procedimiento recogido en el motu proprio, pese a que Francisco instaba en el mismo a que sea “válido y firme, sin que obste cosa alguna en contra, aunque sea digna de mención especialísima”.

Y es que los tribunales eclesiásticos en España trabajan a dos velocidades. Mientras en la Diócesis de Bilbao se han firmado cinco sentencias, en algunas otras no se está estudiando ninguna demanda de forma exprés. ¿El motivo? Según ha podido saber Vida Nueva, el vicario judicial de una de las diócesis con más fieles de este país aduce que el documento pontificio no se ajusta a la realidad, que no hay ningún caso que cupla los requisitos explicados por Francisco, por lo que no ha lugar.

De este modo, solamente sigue le procedimiento ordinario, que en algunos casos llega a dilatarse entre tres y cuatro años. Mientras, el procedimiento rápido se está conclyendo en tres o cuatro meses.

Publicado en el número 3.004 de Vida Nueva. Ver sumario

 


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