El punto final de las inmatriculaciones

El PP impulsa una ley que impedirá a la Iglesia inscribir bienes sin pasar por los tribunales

iglesia de Santa María la Real de Aranda de Duero (Burgos)

iglesia de Santa María la Real de Aranda de Duero (Burgos)

RUBÉN CRUZ | “No hay que renunciar a la titularidad de la mezquita”. Así se expresaba, hace unos días, el consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, Luciano Alonso. Y es que el tema de las inmatriculaciones de bienes de la Iglesia vuelve a estar en el foco mediático.

Hace ya casi un año que el Consejo de Ministros dio luz verde a la nueva Ley Hipotecaria, que elimina a la Iglesia como institución que puede inscribir un bien sin pasar por los tribunales. Así, los criterios para inmatricular los bienes de la Iglesia se equipararán ahora con los del procedimiento generalizado.

Esta ley ya se encuentra en trámite parlamentario. Por ende, la Iglesia tendrá un período de un año, desde que se recoja en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para regularizar todos los bienes que le pertenecen y que aún no han sido inscritos, ya que, hasta el decreto de 1998, el Reglamento Hipotecario impedía el acceso al Registro de la Propiedad de los templos destinados al culto católico –sí se permitía a otros cultos–, lo que propició que, desde esa fecha, hayan sido habituales las inscripciones por certificación diocesana de inmuebles.

No hay una cifra concreta de los bienes inscritos por la Iglesia en el Registro de la Propiedad, pero plataformas contrarias a la institución, como Europa Laica, calculan unas 5.000 propiedades, entre las que destacan ermitas e iglesias que el Episcopado español ha mantenido durante años. Sin embargo, el caso más mediático, por su valor patrimonial, es el de la mezquita-catedral de Córdoba, que, en 2006, el entonces obispo de Córdoba y ahora de Sevilla, Juan José Asenjo, inscribió.

Y es que “inmatricular los bienes de la Iglesia en el Registro de la Propiedad es una acción de un buen administrador. Hoy en día, no hay razón para exceptuarlos del Registro y garantizarlos con la publicidad del mismo. Además, el Código de Derecho Canónico pide a los administradores que la propiedad de los bienes eclesiásticos se asegure por los medios civilmente válidos”, explica Alfonso Palos, vicario judicial adjunto en el Tribunal Eclesiástico Metropolitano de Zaragoza.

Desde el registro de la mezquita-catedral de Córdoba, plataformas laicas han instado a los sucesivos gobiernos a derogar la actual Ley Hipotecaria, una petición a la que el Partido Popular ha accedido.

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En el nº 2.926 de Vida Nueva

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