Decálogo con memoria histórica

MEZQUITA-CATEDRAL DE CÓRDOBA

ANTONIO GIL MORENO (SACERDOTE Y PERIODISTA) | Las polémicas que no falten”, parece ser el eslogan de nuestro país, sobre todo en los momentos más difíciles. Y, con frecuencia, en vez de afrontar los problemas reales, intentamos desviar la atención, creando nuevos frentes para discusiones innecesarias, y en muchos casos, faltas de lógica y de coherencia, cuando no opuestas frontalmente a las legalidades vigentes. Algo de esto ocurre con la Mezquita-Catedral de Córdoba. Por eso, es importante iluminar el tema y enriquecer la memoria con los datos históricos esenciales, que ofrecemos en forma de decálogo.

  • Primero, el edificio de la Mezquita pasó a ser lugar de culto en el siglo XIII. Con la entrada del rey Fernando III en Córdoba, el 29 de junio de 1236, se produce la entrega de la Mezquita a las autoridades eclesiásticas y esta se convierte en templo cristiano. A partir de ese momento, la propiedad del templo pasa a manos de la Iglesia. La totalidad del edificio fue convertida en lugar de culto y, desde entonces, ha estado destinado al mismo. Desde hace más de siete siglos, por tanto, la Iglesia católica ha sido la propietaria y la encargada de proteger y cuidar el legado cultural y artístico de la Mezquita-Catedral. El 29 de junio de 1239 se produce la consagración de Lope de Fitero como obispo. A partir de entonces, todo el conjunto monumental se convierte en catedral y cambia su nombre oficial a Catedral de Santa María.
  • Segundo, ante las gravísimas afirmaciones que se hacen contra la legitimidad del uso que la Iglesia católica hace del templo, tendremos que remitirnos a la legislación y jurisprudencia que existe sobre la protección de los lugares de culto en las organizaciones internacionales, apoyándonos, por ejemplo, en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
  • Tercero, es un error sostener que la Catedral de Córdoba es un edificio de dominio público. Nunca lo ha sido. Solamente las entidades de derecho público pueden ser titulares del dominio público, y la Iglesia católica no forma parte de las estructuras del Estado español. En 1991, la Junta de Andalucía, presidida por Manuel Chaves, firma un acuerdo de colaboración con el Cabildo en el que la Administración andaluza reconoce por escrito que la titularidad del monumento pertenece a la Iglesia católica. En concreto, la Junta de Andalucía dice textualmente: “… el Cabildo de la S.I. Catedral, como titular del monumento…”.
  • Cuarto, la propiedad de este monumento singular que los musulmanes construyeron, arrasando la antigua basílica cristiana, es indiscutiblemente de la Iglesia católica en Córdoba, como consta por la documentación histórica y por la pacífica posesión durante más de ocho siglos. Hasta el año 1998, la ley española no permitía inscribir en el Registro de la Propiedad ningún templo católico abierto al público. Se daba por hecha la titularidad por parte de la Iglesia de todas sus posesiones, pero no se le permitía la “inmatriculación”, es decir, registrar la titularidad de una propiedad que ya poseía.
  • Quinto, la comunidad católica, cumpliendo con su deber, defiende esa propiedad, no privada y cerrada en sí misma, sino como una propiedad –y por tanto, una responsabilidad–, para ser mostrada, usada y puesta al servicio de los demás.
  • Sexto, el cabildo, que lleva a cabo una escrupulosa administración de los bienes encomendados, tiene siempre a punto su gestión económica y sus destinatarios principales: las obras caritativas y sociales, entre otras, el albergue de los transeúntes, el costo de su mantenimiento material, y la ayuda a numerosas instituciones benéficas.
  • Séptimo, la Iglesia de Córdoba acoge este gran don que nace de la historia, epicentro de la vida de la comunidad diocesana católica, motor turístico de nuestra ciudad, para ponerlo al servicio del culto, de la cultura y de la caridad.
  • Octavo, como bien ha refrendado el alcalde de Córdoba, “la Mezquita-Catedral está en perfectas condiciones, perfectamente atendida y cuidada, y eso se debe a la Iglesia”.
  • Noveno, es lógico que la Iglesia católica utilice el término “catedral”, ya que no es actualmente mezquita, en fidelidad a sus verdaderas señas de identidad.
  • Décimo, la catedral muestra intactos símbolos musulmanes y textos coránicos, en un brillante ejemplo de respeto al pasado que, en cambio, resulta imposible encontrar en Santa Sofía de Constantinopla y en otras iglesias convertidas en mezquitas.

En el nº 2.921 de Vida Nueva

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