“La muerte inducida no es respuesta al sufrimiento”

FRAN OTERO | Se consumó. Ramona Estévez, la mujer de 91 años que se encontraba en coma irreversible tras sufrir un derrame cerebral a finales de julio, falleció el pasado martes en el Hospital de la Blanca Paloma en Huelva después de que se le hubiese retirado, el 23 de agosto, la sonda nasogástrica que la alimentaba en aplicación de la ley de muerte digna de Andalucía.

Un acto que, según el obispo de Huelva, José Vilaplana Blasco, “constituye un acto de eutanasia, en el que la muerte se produce no por la enfermedad, sino por la sed y el hambre provocada”. “Hay que estar siempre de parte de la vida humana, cualquiera que sea su desarrollo o su situación existencial. Debemos estar a favor de los últimos, de los débiles, de los incapacitados, para hacer valer sus derechos y, sobre todo, el derecho a la vida”, añade.

Vilaplana recuerda, en la nota publicada nada más conocerse la noticia de la retirada de la sonda, que el único deber de la sociedad, en relación a la enferma, “es ayudarla a vivir”, porque la vida, dice, “no es algo de usar y tirar”. “La dignidad de la vida humana no puede venir ligada al estado de conciencia o inconciencia del enfermo”, apunta.

Asimismo, recalca que no es deber de un médico “suspender la alimentación y la hidratación a una persona que se encuentra en un coma vegetativo, enfermedad crónica que no será la causa de la muerte, y por ello, “es necesario reconocerles el derecho a la objeción de conciencia”. Finalmente, apunta, como tantas veces ha repetido Benedicto XVI, que “la muerte buscada o inducida no es respuesta al drama del sufrimiento”.

También algunas asociaciones se han posicionado en contra de la medida. De hecho, la plataforma Derecho a Vivir interpuso un recurso para pedir la tutela judicial y la restauración de la sonda, así como una querella contra la consejera de Salud andaluza y el Hospital de la Blanca Paloma, todas ellas archivadas por los tribunales de Huelva.

En el número 2.767 de Vida Nueva

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