¿Educación mixta o educación diferenciada?

(Vida Nueva) ¿Educación mixta o educación diferenciada por sexos? ¿Qué modelo educativo es mejor para nuestras escuelas y nuestros hijos? ¿La educación que separa a los niños de las niñas es injusto? ¿O es injusto que la Administración pública amenace con dejar este modelo fuera del sistema de conciertos económicos, como recoge el Anteproyecto de Ley Integral de Igualdad? Para debatir sobre este asunto, participan en los ‘Enfoques’ el presidente de la CEAPA, Pedro Rascón Macías, y Luis Centeno Caballero, abogado de Escuelas Católicas.

Vivir juntos, educarse juntos

(Pedro Rascón Macías, presidente de la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos–CEAPA) En CEAPA, nos oponemos a que el Estado financie escuelas segregadas por creer que éstas atentan contra los principios y valores de nuestro sistema democrático. Consideramos muy negativo privar a los menores del derecho a convivir y a socializarse con la otra mitad de la población.

Quienes van a vivir juntos, deben educarse juntos, aprender a respetarse, asumir y valorar en positivo las diferencias. Este principio se aplica a niños y niñas, independientemente de su sexo, a inmigrantes, a niños con necesidades especiales, a personas de diferentes religiones, nivel de renta, orientación sexual o cualquier otra circunstancia personal o social. Todos los menores tienen derecho a educarse en una escuela que refleje la diversidad y la pluralidad de la sociedad en la que vivirán cuando sean adultos.

La escuela es un lugar de convivencia y no sólo un lugar para la adquisición de conocimientos. Convivir es uno de los aprendizajes más útiles para un menor en la escuela. Sin embargo, en las aulas segregadas, a los menores se les priva de su derecho a convivir y socializarse con la otra mitad de la población. Esas escuelas contribuyen a crear muros entre hombres y mujeres.

La educación diferenciada es contraria a los valores en los que se sustenta nuestra Constitución, y la Ley Orgánica de Educación. Además, también es un modelo muy injusto para el conjunto de la sociedad, que lleva años trabajando intensamente y aportando recursos para erradicar la discriminación y la violencia de género.

La solución contra el fracaso escolar no está en separar, sino en fortalecer la formación pedagógica del profesorado, desdoblar las clases en lengua, matemáticas e inglés, promover una educación más práctica, motivadora y centrada en la adquisición de competencias básicas, o impulsar la implicación de las familias, entre otras. Esto es lo realmente innovador, y no los argumentos pseudocientíficos que esgrimen quienes defienden la segregación.

A favor de la libertad de enseñanza

(Luis Centeno Caballero, abogado de Escuelas Católicas) El Anteproyecto de Ley Integral de Igualdad contiene en su seno una clara amenaza para la libertad de enseñanza que no podemos pasar por alto. Concretamente, prohíbe de forma directa el acceso al concierto a los centros que ofertan la educación diferenciada.

Desde el punto de vista jurídico, el Artículo 27.1 de la Constitución reconoce no sólo el derecho a la educación, sino también la libertad de enseñanza, que se traduce en el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que desean para sus hijos, el derecho a la enseñanza gratuita en su fase básica y el derecho de creación de centros. Es decir, reconoce un conjunto de derechos que se traducen en libertad para ofertar un modelo educativo determinado, en elegir dicho modelo libremente y en disponer de financiación pública en los niveles obligatorios pues, de lo contrario, los dos primeros estarían reservados a aquellos con más recursos.

Por su parte, las leyes orgánicas en vigor aprobadas en desarrollo del Artículo 27 (la LODE de 1985 y la LOE de 2006) no prohíben la concesión de conciertos a centros que escolarizan únicamente a niños o niñas.

Al respecto, la Convención de la Unesco de 1960 relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la enseñanza, excluye en su artículo 2 de la catalogación de “discriminatoria” a la enseñanza diferenciada siempre que las condiciones de acceso en los centros masculinos y femeninos, los contenidos curriculares y características de los centros y sus profesores sean iguales en unos y otros. Como esta cualidad se da en los centros de educación diferenciada que existen en España, dicha enseñanza es perfectamente legal y puede recibir financiación pública como el resto de colegios.

Quedaría analizar qué opinan los expertos en educación sobre este modelo. Es difícil encontrar una teoría unánime, lo que demuestra que tanto la educación diferenciada como la coeducación tienen ventajas e inconvenientes. Lo que parece evidente y asumido es que la evolución madurativa de los niños y las niñas sigue ritmos diferentes.

En suma, teniendo en cuenta los datos expuestos anteriormente, considero, desde un punto de vista personal, que el hecho de incluir la prohibición del concierto en el Anteproyecto de Ley integral de Igualdad supone reabrir de forma injustificada un debate jurídico, social y pedagógico ya cerrado a favor de la libertad de enseñanza.

Más información, en el nº 2.740 de Vida Nueva. Si es usted suscriptor, lea los Enfoques íntegros aquí.

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