La Iglesia endurece las normas contra el abuso a menores

Los procesos contra la pederastia eclesial serán más rápidos y el delito no prescribirá

Monseñor Scicluna, en rueda de prensa el 15 de julio

(Antonio Pelayo. Roma) Por fin llegó el derecho, el ordenamiento jurídico, las normas universalmente vigentes y claras. Se pone así punto final a semanas y meses de polémicas y discusiones sobre la real voluntad de la Iglesia de definirse ante la cascada de delitos de pederastia que ha enfangado su prestigio y autoridad y minado la confianza de muchos fieles en ella. Algunos pensarán que estas Normas llegan tarde, pero, como nos enseñaron nuestros profesores de Derecho Canónico, el proceso no puede invertirse y el derecho llega siempre algo más tarde para encauzar la realidad.

La Congregación para la Doctrina de la Fe ha considerado necesario proceder a una reforma del Normae de gravioribus delictis (Normas sobre los delitos más graves), un conjunto de disposiciones sobre los delitos que la Iglesia considera excepcionalmente graves. Lo que ha hecho el dicasterio ha sido corregirlo no en su integridad, sino solamente en algunas de sus partes, a fin de mejorar su concreta operatividad.

Benedicto XVI aprobó estos cambios con fecha del 2l de mayo, y se hicieron públicos el 15 de julio. Casi dos meses después, pues, tenemos en nuestras manos el texto reformado. Éste ha sido acompañado, entre otros escritos, por una Nota del padre Federico Lombardi, de lectura más accesible a los no expertos en estas materias.

Pederastia eclesial, un “delito gravísimo”

“Los delitos gravísimos a los que se refería esa normativa [el Motu Propio Sacramentorum sanctitatis tutela, promulgado en 2001] atañen a realidades clave para la vida de la Iglesia, es decir, los sacramentos de la Eucaristía y de la Penitencia, pero también los abusos sexuales cometidos por un clérigo con un menor de 18 años”.

“La vasta resonancia pública en los últimos años de este tipo de delitos –sigue Lombardi– ha sido causa de gran atención y de intenso debate sobre las normas y procedimientos aplicados por la Iglesia para el juicio y castigo de los mismos. Por lo tanto, es justo que haya claridad plena sobre la normativa actualmente en vigor en este ámbito y que dicha normativa se presente de forma orgánica para facilitar así la orientación de todos los que se ocupan de estas materias”.

A juicio del portavoz de la Santa Sede , éstos son algunas de los aspectos más destacables:

– “Entre las novedades introducidas respecto a las normas precedentes, hay que subrayar ante todo las que tienen como fin que los procedimientos sean más rápidos, así como la posibilidad de no seguir ‘el camino procesal judicial’, sino proceder ‘por decreto extrajudicial’ o a presentar al Santo Padre, en circunstancias particulares, los casos más graves en vista de la dimisión del estado clerical” (esta norma “revolucionaria” va a imprimir un ritmo más acelerado a los procesos, evitando los tiempos demasiado largos de la acción judicial).

– “[Pueden ser] miembros del tribunal o abogados o procuradores no solamente los sacerdotes, sino también los laicos. Análogamente, para desarrollar estas funciones ya no es estrictamente necesario el Doctorado en Derecho Canónico” (puede bastar la Licenciatura).

– “La prescripción pasa de diez a veinte años, quedando siempre la posibilidad de derogación superado este período” (este cambio significa, en la práctica, que desaparece la prescripción de estos delitos).

– “Es significativa la equiparación a los menores de las personas con uso de razón limitado y la introducción de una nueva cuestión: la pedo-pornografía, que se define así: ‘La adquisición, posesión o divulgación’ por parte de un miembro del clero ‘en cualquier modo y con cualquier medio, de imágenes pornográficas que tengan como objeto menores de 14 años’”.

– “Se vuelve a proponer la normativa sobre la confidencialidad de los procesos para tutelar la dignidad de todas las personas implicadas” (se evita de esta manera caer en el peligro de falsas denuncias, no raras en esta materia).

Otros delitos graves: la ordenación de mujeres

Para disipar equívocos, el P. Lombardi recuerda que los “delitos más graves” no son exclusivamente los de la pederastia, sino otros diferentes que también han sido incluidos en las Normas: delitos contra le fe (herejía, apostasía y cisma), la divulgación y grabación –realizadas maliciosamente– de las confesiones sacramentales y la ordenación de las mujeres.

Esto último, como podía fácilmente imaginarse, no iba a pasar desapercibido a los defensores de la ordenación de la mujer en diferentes ámbitos del mundo. De ahí a acusar a la Santa Sede de equiparar el delito de pederastia con la ordenación sacerdotal de personas del sexo femenino no hay más que un paso, que no pocas organizaciones feministas dieron, poniendo el grito en el cielo.

Monseñor Charles Scicluna, promotor de Justicia de la Congregación, puso las cosas en su sitio: “Ambos temas son tratados en un mismo documento, pero esto no quiere decir que se les ponga al mismo nivel o se les dé la misma gravedad. La Iglesia no ha parangonado ambas realidades, aunque las trate en un solo documento”.

Coherencia moral para con la opinión pública

Vuelvo a referirme a la Nota del P. Lombardi, que hace esta valoración global del nuevo documento: “La publicación de estas normas supone una gran contribución a la claridad y a la certeza del derecho en un campo en el que la Iglesia en estos momentos está muy decidida a actuar con rigor y con transparencia para responder plenamente a las justas expectativas de tutela de la coherencia moral y de la santidad evangélica que los fieles y la opinión pública nutren hacia ella y que el Santo Padre ha reafirmado constantemente”.

Aunque compartamos plenamente este juicio, evitemos caer en triunfalismos, porque la “opinión pública” es un hueso duro de roer. Véase como ejemplo el último ataque informático contra la Iglesia: el sábado 16 de julio, buscando en Google la palabra “vaticano”, te mandaban en primer lugar a la página web www.pedofilo.com/. Una “gracia” por ahora no reivindicada por nadie.

Más información, en el nº 2.717 de Vida Nueva. Si es usted suscriptor, lea la crónica vaticana íntegra aquí.

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