Editorial

La Iglesia en el marco constitucional: Acuerdos

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los padres de la Constitución española 1978

Los padres de la Constitución de 1978

EDITORIAL VIDA NUEVA | La Constitución, marco jurídico para el desarrollo de la nación, cumple 35 años desde que aquel 6 de diciembre de 1978 un referéndum avalara un texto moldeado, consensuado y trabajado desde lo que se ha llamado “el espíritu de la Transición”.

La larga historia del constitucionalismo español volvía a sus cauces, tras casi medio siglo en el que la soberanía popular no tuvo voz propia. La nueva norma modulaba la convivencia.

El tiempo recorrido es suficiente para felicitarnos, aunque nuevos retos se abren. Hay voces que buscan su revisión; otras no ven este momento como el más oportuno.

En este contexto constitucional que consagra la libertad religiosa, el Estado ha venido firmando acuerdos de colaboración con las distintas confesiones, si bien con la primera que lo hizo fue con la Iglesia católica. “Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

Al año siguiente, en 1979, se elaboraron los Acuerdos Iglesia-Estado en un contexto de colaboración de rango internacional. Se huyó del término “concordato” por las evidentes connotaciones que tenía con el régimen anterior. Además, un concordato prevé acuerdos más globales.

No convendría olvidar la situación de encrucijada histórica en la que se firmaron, ni tampoco el papel de la Iglesia y su contribución a la normalización política y social en aquel período de transición. El cambio que la sociedad española ha experimentado desde entonces no invalida los principios sobre los que se establecen las relaciones entre la Iglesia y el Estado, que pueden seguir siendo focos iluminadores de los problemas futuros.

La colaboración se hace necesaria en todos los ámbitos,
pero de forma destacada con la Iglesia católica,
que en España mantiene una gran red de servicios ciudadanos

Los Acuerdos respetan los tres aspectos fundamentales que ayudan a entenderlos: libertad religiosa, justa autonomía y colaboración. Ya antes de que la Constitución española devolviera a nuestro país estos derechos, la Iglesia, en el Vaticano II, concretamente en la Gaudium et Spes y en la Dignitatis Humanae, los había considerado como fundamentales.

Ha pasado el tiempo y se escuchan voces deseosas de romper acuerdos de rango internacional. Los socialistas, alentados por las corrientes de IU y grupos afines, vienen proponiendo esa ruptura que ellos no hicieron con mayorías absolutas estables y fuertes. Algún beneficio verían.

Romper acuerdos en un mundo cada vez más globalizado y en el que la cooperación internacional se hace indispensable, no deja de ser un paso en falso. La colaboración se hace necesaria en todos los ámbitos, pero de forma destacada con la Iglesia católica, que en España mantiene una gran red de servicios ciudadanos. Nada habría que objetar a la renovación, a la puesta a punto, a la revitalización de las comisiones mixtas.

Cuando en la Iglesia se vive un cambio de rumbo geoestratégico, querer denunciar estos Acuerdos no deja de ser una piedra al aire y un grito más de cara a la galería. No es serio. Los Acuerdos son un buen marco jurídico para que el bien común de los ciudadanos se pueda cumplir. Lo otro son simples cantinelas del trajín político. España necesita acuerdos estables, no soflamas electorales.

En el nº 2.874 de Vida Nueva. Del 7 al 13 de diciembre de 2013

 

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