Los expertos valoran la audacia de la reforma del Papa sobre las nulidades matrimoniales

Reclaman más formación y acompañamiento

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Los expertos valoran la audacia de la reforma del Papa sobre las nulidades matrimoniales [extracto]

J. LORENZO | Es evidente el “empuje reformador” que late tras los dos motu proprio presentados el pasado día 8 en el Vaticano, como sostiene el propio Francisco. De hecho, se trata de los cambios de mayor calado en la materia realizados desde el pontificado de Benedicto XIV (1740-1748), como reconoció durante la presentación a los medios de comunicación Pio Vito Pinto, decano de la Rota romana. Pero también, para evitar suspicacias entre el sector más reacio precisamente a estas reformas emprendidas por el Papa, se subraya que estas importantes novedades no buscan favorecer las nulidades matrimoniales, sino acelerar los procesos soltando lastre burocrático.

“Es decir, que que no se modifican los motivos por los que un matrimonio puede ser declarado nulo”, señala a Vida Nueva María Álvarez de las Asturias. Entre las novedades más positivas que destaca esta defensora del vínculo en el Tribunal Eclesiástico de Madrid, está “una mayor implicación y responsabilidad del obispo diocesano, de manera que el ejercicio de la potestad judicial se entienda claramente en su sentido pastoral”; que se eliminen lo que algunos emtienden que son “barreras, como el coste económico”; y, sobre todo, “la voluntad de agilizar el proceso para dar respuesta a las personas y despejar lo antes posible las dudas que tengan sobre si su matrimonio es válido o nulo”. “Esta preocupación –añade–, sin embargo, deberá ser completada introduciendo el acompañamiento personal, psicológico y espiritual de los que sufren por la ruptura de su matrimonio, porque el proceso por sí mismo es insuficiente para una sanación completa de estas heridas”

Dimensión más pastoral

Para Carmen Peña, también defensora del vínculo y promotora de Justicia en el Tribunal Eclesiástico de Madrid, ambos decretos papales suponen un “movimiento audaz” por el que Francisco “renueva completamente el proceso”. Para ella, la reforma presenta “unas líneas maestras claras, que pasan por potenciar la dimensión pastoral del proceso canónico de nulidad y reforzar la implicación del obispo diocesano en la misión de juzgar.

Desde la preocupación cordial por los ‘pobres’, entre los que el Papa sitúa a los divorciados, se intenta, salvando la verdad del matrimonio, dar respuesta eficaz a estas personas, para lo cual se agilizan los procesos, se anima a su gratuidad y se garantiza el efectivo acceso de todos los interesados a los tribunales, evitando que la parte interesada tenga que acudir a solicitar la nulidad a un tribunal lejano, lo que resulta positivo”. Sin embargo, esta profesora de la Universidad Pontificia Comillas detecta “algunos peligros para la seguridad jurídica y para la defensa de la validez del vínculo, que exigirán una correcta aplicación de las normas por los jueces –que pueden ser laicos– y una especial independencia de los defensores del vínculo en cumplimiento de su deber”.

María Álvarez de las Asturias, por su parte, estima que la reforma pone de manifiesto la necesidad de una mayor formación de los jueces, “incluyendo a los obispos”; un plus de responsabilidad en los miembros del tribunal al poder desaparecer la segunda instancia; y la “la importancia de mantener la independencia del defensor del vínculo para evitar posibles abusos”. A lo que le añadiría “una reforma de la preparación y acceso al matrimonio y del acompañamiento a novios, matrimonios y familias, así como mejorar la pastoral matrimonial y familiar”.

Los ejes de una reforma revolucionaria

  • Ya no será necesaria una segunda sentencia que valide el reconocimiento de la nulidad en los casos en que las dos partes acepten la primera.
  • Se puede apelar a la sede metropolitana. El Papa quiere que, dentro de su actividad pastoral, los obispos puedan ser jueces.
  • Se establecen juicios abreviados: presididos por el obispo diocesano, con un límite de 45 días desde su convocatoria, se celebrarán cuando las pruebas sean muy evidentes y las dos partes así lo acepten.
  • Los juicios habrán de ser gratuitos, asumiendo los episcopados la retribución de los jueces y el personal de los tribunales.
  • Se diversifica la composición de los propios tribunales, que se verán reducidos hasta el punto de que podrán ser conformados por un solo sacerdote, aconsejado, eso sí, por dos juristas con conocimientos específicos en la materia.

En el nº 2.955 de Vida Nueva.

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