“La cadena perpetua es cruel e inhumana”

Grupos cristianos se oponen a la reforma del Código Penal

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“La cadena perpetua es cruel e inhumana” [extracto]

MARÍA PÉREZ | El pasado mes de febrero, el Congreso de los Diputados aprobó un nuevo proyecto de reforma del Código Penal, introduciendo la pena de prisión permanente revisable para los delitos de terrorismo, magnicidio, asesinato de menores o discapacitados, y en aquellos producidos tras una agresión sexual. Su ejecución, de mantenerse el texto inicial del proyecto legislativo, consistirá en que el penado habrá de cumplir una pena privativa de libertad mínima de entre 25 y 35 años, revisándose después su puesta en libertad si concurrieran una serie de requisitos.

Justicia y Paz, una de las instituciones que más ha alzado la voz en contra de esta reforma del Código Penal a través comunicados, actos públicos y jornadas de debate, considera que “por principios, se trata de una pena cruel, inhumana, degradante, innecesaria, inconstitucional y, en consecuencia, inmoral”, según Eduard Ibáñez, director de Justicia y Paz Cataluña. “Supone renunciar a la reinserción, al privar a una persona de libertad para siempre”.

Y es que el hecho de que sea “revisable” no impide que pueda ser mantenida hasta el final de la vida de un preso. Sin embargo, mientras para el ministro de Interior Jorge Fernández Díaz “la prisión permanente revisable no tiene nada que ver con la cadena perpetua, porque esta es inconstitucional”, expertos en pastoral penitenciaria han mostrado su total desacuerdo con esta afirmación.

Es el caso de José Luis Segovia, director del Máster en Pastoral Penitenciaria de la Universidad Pontificia de Salamanca, quien señala a Vida Nueva que esta prisión permanente es “revisable sobre el papel”, pero en la práctica “nadie se atreve a asumir esa responsabilidad”: “A partir de 15 años de privación de libertad, se empieza a producir en las personas unos deterioros relacionales e identitarios muy fuertes que comprometen su reinserción después”.

En esta sentido también se ha expresado Susana Menéndez Otero, abogada y voluntaria en la prisión de Teixeiro (La Coruña): “Parece más bien un juego de palabras. Es permanente, es decir, sin horizonte temporal de libertad, lo que coincide con la cadena perpetua, término que se utilizaba en otras épocas. Pero, para evitar una inconstitucionalidad fulminante (lo que no quiere decir que esta sea igualmente inconstitucional), le añaden el término revisable”.

Pablo Morata, capellán de la cárcel de Valdemoro (Madrid), va más allá: “La opción de revisable sume a los presos en una incertidumbre que les consume”, sostiene en conversación con esta revista. “Lo peor que le puede pasar a una persona es no saber qué ocurrirá mañana, y no hablo desde el punto de vista religioso, sino humano: no le puedes decir a un preso que su condena se revisará en 25 años, y pasados los 25 años, decirle que no”.

Desde Justicia y Paz, recalcan que “en muchos casos, la presión será tan fuerte sobre los tribunales que tengan que decidir la revisión, que se mantendrá la condena teniendo en cuenta criterios más bien políticos, mediáticos o electoralistas; algo que va en contra de la seguridad jurídica”, asegura Ibáñez.

Populismo punitivo

A pesar de que otros países europeos prevén esta pena (“pero con más garantías”, subraya Ibáñez), los expertos consultados resaltan el carácter “electoralista” de esta reforma del Código Penal. “En España ya hay condenas efectivas (no se les reduce nada) de más de 60 años, por lo que no existe ninguna necesidad de esta nueva figura. La demagogia política es la única razón de la cadena perpetua revisable”, sostiene José Luis Segovia.

“Continuamente se utiliza el Código Penal con fines electoralistas: eso se llama populismo punitivo”, apunta Ibáñez. “Pero no solo el Gobierno actual, por desgracia todos los partidos que han gobernado en España en los últimos 30 años han usado el Código Penal para ponerse medallas de dureza contra la delincuencia y el terrorismo. Las condenas siempre se alargan porque se supone que así se previene la criminalidad, y es falso. La criminalidad no hace más que bajar, mientras que las penas suben”.

En todo caso, tal y como señalaron el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo General de la Abogacía Española, la Asociación Jueces para la Democracia y distintos colegios de abogados de varias provincias, la prisión permanente es “inconstitucional”, ya que infringe la “prohibición de penas inhumanas o degradantes” (art. 15 Const.), y la exigencia de que “las penas se orienten a la reinserción social del condenado” (art.25.2 Const.), un principio básico de justicia social.

La propia Doctrina Social de la Iglesia recalca que las penas “tienen que favorecer la reinserción de las personas condenadas y promover una justicia reconciliadora, capaz de restaurar las relaciones de convivencia armoniosa, rotas por el acto criminal” y nunca han de “privar definitivamente al condenado de la posibilidad de redimirse”.

Más de la mitad de los españoles, a favor

El último estudio realizado por Metroscopia en el mes de febrero indica que son casi cuatro veces más los españoles que se muestran a favor de la cadena perpetua, revisable o no, que los opuestos a ella: un 67% frente al 18%. No obstante, este apoyo es 15 puntos inferior al arrojado en la encuesta de 2010, cuando, ante la misma pregunta, un 82% era favorable. “La opinión pública tiende siempre a pedir penas más graves, es cierto, pero eso se debe justamente a que es una opinión a la que en muchos casos se le informa mal”, afirma Eduard Ibáñez, director de Justicia y Paz Cataluña.

“España es el país donde existe más distorsión entre la percepción subjetiva de seguridad que tienen los ciudadanos, y la situación objetiva de la criminalidad”, explica José Luis Segovia. “Gran parte de la responsabilidad es de los medios de comunicación, donde determinados casos aislados, terribles, pero numéricamente reducidos se han convertido en ‘el caso’: el caso Bretón, el caso Sandra Palo… A base de reiterarlos todos los días y todos los años parece que son muchísimos, pero la realidad es que los conocemos por el nombre y apellidos por lo escasos que son”.

 

Para el Papa, “la pena de muerte es inadmisible”

ANTONIO PELAYO (ROMA) | Salía radiante de la audiencia con el Papa el viernes 20 de marzo Federico Mayor Zaragoza, presidente de la Comisión Internacional Contra la Pena de Muerte. Francisco le había firmado un saludo para sus dos bisnietos, pero el motivo de su satisfacción era otro: la acogida calurosa que les había dispensado el Santo Padre a él y a Luis Arroyo Zapatero, director del Instituto de Derecho Penal Europeo e Internacional.

El Pontífice les hizo entrega de una extensa carta donde expone con extrema claridad su pensamiento sobre la pena capital: “Hoy día –escribe–, la pena de muerte es inadmisible, por cuanto grave haya sido el delito del condenado. Es una ofensa a la inviolabilidad de la vida y a la dignidad de la persona que contradice el designio de Dios sobre el hombre y su justicia misericordiosa. No hace justicia a las víctimas, sino que fomenta la venganza”.

La carta no deja resquicio a los viejos argumentos utilizados para justificarla: “La pena de muerte pierde toda legitimidad en razón de la defectiva selectividad del sistema penal y frente a la posibilidad del error judicial. La justicia humana es imperfecta y no reconocer su falibilidad puede convertirla en fuente de injusticias”.

Por otra parte, el Santo Padre añade que “la prisión perpetua, así como aquellas que, por su duración, conlleven la imposibilidad para el penado de proyectar un futuro en libertad, pueden ser consideradas penas de muerte encubiertas, puesto que con ellas no se priva al culpable de su libertad, sino que se intenta privarlo de la esperanza”.

Añade también otra consideración de suma actualidad: “La pena capital es un recurso al que echan mano regímenes totalitarios para el exterminio de disidentes, de minorías y de todo sujeto etiquetado como ‘peligroso’. Como en los primeros siglos, también en el presente la Iglesia padece la aplicación de esta pena a sus nuevos mártires”.

En el nº 2.935 de Vida Nueva

 

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