La CEE difunde su protocolo contra los abusos

Algunos obispos y canonistas desconocían el texto, aprobado en 2010

José María Gil Tamayo, secretario general de la Conferencia Episcopal Española

José María Gil Tamayo, actual secretario general de la CEE

La CEE difunde su protocolo contra los abusos [extracto]

JOSÉ LORENZO | Casi cinco años después de su aprobación, la Conferencia Episcopal Española (CEE) ha presentado a la opinión pública sendos documentos en los que se recogen pautas de actuación para los obispos ante el caso de abusos sexuales por parte de sacerdotes. Se trata de dos protocolos que fueron estudiados y aprobados en el año 2010, tras la petición de Benedicto XVI de luchar contra esa lacra, y que fueron remitidos a las diócesis para el conocimientos de sus titulares.

Los protocolos, disponibles ya en la web de la CEE, fueron presentado por el secretario general de los obispos en la rueda de prensa de clausura de la reunión de la Comisión Permanente, el pasado día 26 de febrero. José María Gil Tamayo se explayó con un resumen de ambos textos que, a modo de titular, condensó luego en un “tolerancia cero, cercanía a las víctimas y presunción de inocencia”.

Asimismo, aprovechó para hacer “una llamada de atención”, pues, aunque “parece que solo estamos en las páginas de sucesos”, si en la Iglesia “se hiciese una huelga de brazos caídos, se resentirían los más pobres y débiles”. Dicho lo cual, apostilló que “tenemos un deber fundamental de ejemplaridad, pero también nuestra cuota de debilidad por nuestra condición humana, pero no toda la debilidad ni el pecado del universo”.

Pero si estos protocolos fueron aprobados en 2010, ¿por qué se hacen públicos ahora? Hasta el mismo día de su presentación, había obispos, secretarios de comisiones episcopales y canonistas que ignoraban su existencia, como pudo comprobar Vida Nueva. “Ha habido una política de discreción total, de tal manera que algunos obispos desconocían estos protocolos o no se los habían leído. Conozco casos en los que los obispos incluso han actuado al contrario de lo que marcan estas normas. Y yo he participado el año pasado en dos procesos y en ninguno salieron estos protocolos”, señala a este semanario un canonista que prefiere mantener el anonimato

El estallido del caso de abusos de Granada, en plena Plenaria de noviembre pasado, preocupó a muchos obispos, que pidieron hablar de estos asuntos. Posteriormente, el pasado febrero, el presidente de la CEE, el cardenal Ricardo Blázquez, tras conocerse la carta del papa Francisco en donde instaba a las conferencia episcopales a adoptar un protocolo contra los abusos, reconoció que el Episcopado español ya contaba con uno. Pero faltaba un paso: darlo a conocer, algo que sí habían hecho hace años los episcopados de Estados Unidos, Francia, Alemania o Italia, por ejemplo.

Uno de los canonistas consultados advierte que, a pesar de estos protocolos, faltan todavía políticas de prevención, por ejemplo, “que contemplen también a los seglares, como pueden ser los catequistas, pues da la sensación de que es un problema que no les pudiese afectar”. Asimismo, cree que “todavía queda mucho trabajo por hacer en el trato con las víctimas, en ayudarles en su proceso de sanación”.

Y, lo que también recalcó Gil Tamayo en su presentación: “La presunción de inocencia de los sacerdotes”, algo que, en su opinión, se está vulnerando. Y cita el caso de Granada, donde con el acto público de petición de perdón del arzobispo en la catedral, se ha comprometido la presunción de inocencia de sacerdotes implicados.

Criterios de orientación para los pastores

  • El obispo debe atender todas las denuncias, incluso las anónimas.
  • Se comunicarán los hechos a las autoridades y se colaborará en las investigaciones civiles.
  • No hay obligación de denunciar a las autoridades si se han conocido los hechos bajo confesión. En estos casos, no existe encubrimiento ni infracción penal. Como excepción, sí se tiene la obligación de denunciar “la próxima o actual comisión de un delito”.
  • Se contemplan medidas cautelares como prohibir el ejercicio del ministerio, la residencia en determinados lugares o participar públicamente en la Eucaristía.
  • Evitar durante la investigación preliminar poner en peligro la buena fama de las personas.
  • Las penas expiatorias perpetuas serán irrogadas solamente con mandato de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
  • No hace falta ser sacerdote ni doctorado en Derecho Canónico para poder participar en procesos diocesanos sobre estas causas.
  • Obligación del obispo de ayudar al clérigo que ha sido expulsado si se encuentra en “verdadera necesidad” a causa de la pena impuesta.
  • Se aconseja designar un interlocutor oficial con los medios de comunicación.
  • La relación con la víctima y sus familiares es preferible que sea con el asesoramiento de un abogado, para no dar lugar a malentendidos o perjudicar la defensa del acusado.

En el nº 2.932 de Vida Nueva

 

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