¿Eutanasia encubierta?

Los obispos de Aragón analizan la ley regional sobre muerte digna

FRAN OTERO | El Gobierno de Zapatero apura los últimos meses de su mandato para aprobar algunas de las propuestas legislativas pendientes. Entre ellas, una sobre la muerte digna, de la que tienen versión autonómica Andalucía, Navarra y Aragón. Vuelve la polémica poco antes de que se cumpla un año de la entrada en vigor de la Ley del Aborto, y con la JMJ a las puertas. [Descargue en PDF la carta pastoral de los obispos de Aragón]

El Ejecutivo aborda así una controvertida norma, cuyo anteproyecto prevé estudiar y aprobar en Consejo de Ministros antes del 30 de junio, según anunció Alfredo Pérez Rubalcaba en el Congreso, y a la que también se refirieron recientemente el propio presidente y la ministra de Sanidad, Leire Pajín. Está previsto que el trámite parlamentario comience en septiembre y sea aprobado “con toda seguridad” antes del final de la legislatura. Será una ley, dice Pajín, “que no regula la eutanasia, sino que mitiga el dolor”.

Esta es una de las premisas de la Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de morir y de la muerte, aprobada por Aragón y que mereció, a modo de valoración, una amplísima carta pastoral de los obispos de la región. Un texto, este último, muy trabajado, que reconoce lo bueno de la ley, y que alerta de lo difuso que hay en ella y que puede vulnerar la vida humana; es claro y sincero, además de respetuoso con los poderes legislativos. Un pequeño compendio sobre la postura de la Iglesia católica.

Los pastores de Aragón cuestionan, en primer lugar, si era necesaria una ley de estas características, pues creen que los problemas planteados hasta el momento se resolvían con las normas y praxis vigentes.

Ven bien que se quiera “mejorar la atención a los enfermos en la fase terminal y a sus familias, en duelo”. Pero temen que la ley pueda proteger “acciones de eutanasia encubierta por abandono terapéutico o sedación final inadecuada, así como obligar a los médicos y personal sanitario a realizar o a colaborar en acciones contrarias a los principios éticos fundamentales y al fin  verdadero de la medicina”.

Recuerdan que la vida “es siempre un bien inviolable e indisponible”, que el fin de la medicina es el bien del enfermo, que las decisiones le competen a este, y aclaran, antes de abordar dos cuestiones concretas, cómo considerar a las personas impedidas en el ejercicio de sus funciones superiores, los peligros del uso de la expresión “calidad de vida” o qué es la autonomía del paciente.

Los obispos aragoneses insisten, sobre todo, en dos aspectos que en la ley no quedan claros: la distinción entre enfermedad crónica y terminal, y el tratamiento del dolor y la sedación paliativa. En primer lugar, apuntan que la falta de esperanzas de recuperación no puede justificar el abandono terapéutico o la interrupción de los cuidados normales. “Los cuidados, incluidos la alimentación e hidratación artificiales, han de ser mantenidos siempre, porque siempre son debidos a la dignidad incondicional de la persona enferma”.

Mantener “siempre” los cuidados

En su opinión, los medios de conservación de la vida pueden ser suspendidos o no iniciados cuando no van a ofrecer algún resultado, se juzga médicamente que no son proporcionados o cuando el paciente los considere extraordinarios. “En cambio –reiteran– los cuidados deben ser mantenidos siempre”.

En segundo lugar, añaden que la posibilidad de eliminar el dolor es un beneficio que ha de ser utilizado eficazmente. Más polémica es la sedación, que, aunque no la ven moralmente mala, creen que “no toda acción de sedar es siempre buena”.

“La sedación paliativa ha de ser siempre el último recurso; deberá estar médicamente indicada (…). Deberá contar con el consentimiento del paciente, lo más actualizado posible”. En caso de que sea permanente e irreversible, la justificación médica tendrá que ser “mucho más estricta y quedar restringida a la fase de agonía”.

“Catalogarla de derecho del paciente como hace el artículo 14 de la Ley nos parece que permite abrir la puerta a acciones de eutanasia. En él se equiparan situaciones graves e irreversibles con situaciones terminales y de agonía. Pues bien, un enfermo tetrapléjico, o con parálisis cerebral, no están en fase terminal ni agonía. Al enfermo en situación grave e irreversible hay que atenderle para viva en las mejores condiciones. No es aún tiempo de morir”.

Como síntesis, dicen que la carencia fundamental de la ley es la “insuficiente definición restrictiva de eutanasia”, con la cual se persigue que no sean etiquetadas de eutanasia acciones que sí lo son. Una valoración que podría servir de respuesta a la ley estatal si sigue los mismos derroteros.

En el número 2.753 de Vida Nueva.

INFORMACIÓN RELACIONADA

Compartir