Oportuna reforma de los estudios eclesiásticos de Filosofía

DR: JOAN MARTÍNEZ PORCELL, Decano de la Facultad Eclesiástica de Cataluña | El pasado 22 de marzo, el cardenal Zenon Grocholewski, prefecto de la Congregación para la Educación Católica, presentaba en rueda de prensa el nuevo decreto que reforma los estudios de Filosofía para los estudios eclesiásticos. En ella se dio a conocer el itinerario de preparación del documento, desde 2004 hasta su firma definitiva por el papa Benedicto XVI el 28 de enero de 2011.

Desde siempre, la Iglesia católica ha promovido con empeño particular las facultades y universidades eclesiásticas, a las que ha confiado, ante todo, la importante misión de preparar con cuidado particular a sus propios alumnos para el ministerio sacerdotal. Son, sobre todo, facultades de Teología, de Derecho Canónico y de Filosofía. Hoy existen en el mundo cerca de 50 facultades eclesiásticas de Filosofía y más de 400 de Teología. En España, las facultades eclesiásticas de Filosofía son la Facultad de Filosofía de Cataluña, la de San Dámaso (Madrid), la de la Universidad Pontificia Comillas, la de la Universidad de Navarra y la de la Universidad Pontificia de Salamanca.

Joan M. Porcell

El documento fundamental por el que se rigen estos estudios eclesiásticos es la constitución apostólica Sapientia Christiana (1979) y las Norme applicative (Ordinationes) de la Congregación, del mismo año, y los propios estatutos de cada una de las facultades aprobados debidamente por la Congregación para la Educación Católica.

Las facultades eclesiásticas de Filosofía tienen como finalidad “investigar con método científico los problemas filosóficos y, basándose en el patrimonio filosófico perennemente válido, buscar su solución a la luz natural de la razón, y demostrar su coherencia con la visión cristiana del mundo, del hombre y de Dios, poniendo de relieve las relaciones de la filosofía con la teología” (S Chr 79,1)

El decreto de reforma de los estudios eclesiásticos en Filosofía llega en un momento muy oportuno, que, si bien no es la causa de su promulgación, es importante tener en cuenta para contextualizar sus efectos. En 1999 se firmó la Declaración de Bolonia con el intento de conseguir un “Espacio Universitario Europeo de Instrucción Superior” para 2010, y promoverlo eventualmente fuera de Europa. Firmaron la Declaración 29 países europeos. El 19 de septiembre de 2003, la Santa Sede se adhirió a la Declaración de Bolonia. Siendo el Estado del Vaticano uno de los firmantes de la misma, dependerá de sus criterios de adaptación al nuevo marco europeo las condiciones de validez de los nuevos grados eclesiásticos.

Son indudables los efectos positivos del espacio común europeo por lo menos en cuatro grandes cuestiones: 1) la reordenación de los estudios, para facilitar la asimilación de los diversos sistemas universitarios europeos en cuanto a ciclos y titulaciones; 2) el creditaje de los estudios según el European Credit Transfer System (ECTS); 3) el suplemento al Diploma, como protocolo que adjunta una información minuciosa sobre las características de los estudios cursados por el alumno; y 4) el control de calidad de los estudios.

Muchas facultades habían ya iniciado, de acuerdo con la Congregación romana, el trabajo de adecuación de sus actividades académicas a los criterios de la Declaración de Bolonia. El creditaje ECTS favorece el trabajo del alumno (48% del crédito total) por encima de la clase magistral (33%) o las tutorías colectivas o personales (10% del crédito total). Es indudable que en los estudios universitarios se ha conseguido una mayor movilidad e intercambio de los flujos académico-docentes y profesionales. Aunque no pueden negarse, a la vez, algunos déficits y riesgos advertidos con mayor o menor claridad por los responsables de tales procesos. Uno de ellos, de los que sin duda son especialmente conscientes en la Congregación romana, se refiere a la escasa consideración hacia los ámbitos de la Filosofía y las Humanidades en los planes de estudio vigentes.

Autonomía y control

Otro peligro es la disminución de la autonomía universitaria y el mayor control de los gobiernos sobre el diseño de los contenidos y materias académicas. Es aquí pertinente recordar lo que la Congregación romana en su Carta Circular n. 4 había expresado: “Advertimos a las Facultades de estudios eclesiásticos, como ya se ha recordado, de no emprender procedimientos de acreditación ante las agencias civiles antes de haber consultado a esta Congregación, que estará en disposición de alcanzar los mismos objetivos con mejores condiciones” (Carta Circular n. 4). En estos últimos años, y desde distintas posiciones, se ha denunciado en el Estado español un sistema de acreditación y evaluación de los profesionales que tiene en excesiva consideración los aspectos puramente formales de su docencia o investigación.

Entrando en el texto del Decreto, la reforma de las facultades eclesiásticas de Filosofía afecta fundamentalmente a tres puntos: el número de años de los estudios, el currículo de los estudios y el cuerpo docente. En cuanto a la duración de los estudios eclesiásticos, el decreto dispone un plan de cinco años (300 ECTS) distribuidos en dos ciclos: el primero de tres años (bachillerato) y el segundo de dos (licenciatura). Este es el aspecto más novedoso del Decreto. El primer ciclo que conduce al bachillerato, primer grado de los estudios eclesiásticos, duraba dos años. A partir de ahora, tendrá una duración de tres años (180 ECTS).

En cuanto al currículo de los estudios, hasta ahora las Norme applicative de la Sapientia Christiana ponían como “disciplinas obligatorias” (art. 60, 1): “La filosofía del conocimiento, la filosofía de la naturaleza, la filosofía del hombre, la metafísica o filosofía del ser (junto con la Teología natural) y la filosofía moral”. El documento añade ahora una disciplina que es estructuradora de la razón: la lógica. Y subraya de modo particular la importancia de la metafísica. Por otro lado, el documento anima al acceso a las fuentes y la lectura de los textos originales de los autores más significativos.

Por lo que respecta al cuerpo docente, el documento pide que sea estable, compuesto al menos por siete docentes que deberán aplicarse a las materias fundamentales, con dedicación a tiempo completo, y ampliamente cualificados.

El decreto de reforma afecta también al primer ciclo de las facultades eclesiásticas de Teología. Hasta ahora, su plan de estudios comprendía un primer ciclo institucional de cinco años, de los cuales los dos primeros eran fundamentalmente estudios de filosofía. Generalmente, nos referíamos a él como el “bienio en filosofía”, una sólida formación en filosofía que era necesariamente propedéutica a la teología (S Chr, 72).

Se mantiene el número de años en dos, aunque el Decreto advierte que “excluyendo las ciencias humanas, las disciplinas estrictamente filosóficas (Ord., art. 60, 1 a) deben tener al menos el 60% del número de créditos de los dos primeros años” (Ord. art. 51, 1,). Así pues, la Congregación es muy favorable a que los dos primeros años sean principalmente dedicados a la filosofía y subraya la importancia de las materias sistemáticas.

En resumen, el decreto no solo no plantea una disminución, sino un aumento de los estudios en Filosofía, pasando de cuatro a cinco los años necesarios para la licenciatura.

El cardenal Grocholewski afirmó que uno de los principales motivos que impulsaron esta reforma de enseñanza filosófica en el ámbito eclesial fue lidiar con la debilidad “de la formación filosófica en muchas instituciones eclesiásticas”. En este sentido, la encíclica Fides et Ratio ya advertía que “la teología ha tenido siempre y continúa teniendo necesidad de la aportación filosófica” (FR, 77). Así pues, “el estudio de la filosofía tiene un carácter fundamental e imprescindible en la estructura de los estudios teológicos y en la formación de los candidatos al sacerdocio. No es casual que el currículo de los estudios teológicos vaya precedido por un período de tiempo en el cual está prevista una especial dedicación al estudio de la filosofía” (FR, 62).

Igualmente, la exhortación apostólica Pastores dabo vobis (1992) subraya que la “preparación filosófica es un momento esencial de la formación intelectual” de los futuros sacerdotes. “Solo una sana filosofía puede ayudar a los candidatos al sacerdocio a desarrollar una conciencia refleja de la relación constitutiva que existe entre el espíritu humano y la verdad, la cual se nos revela plenamente en Jesucristo” (PV, 52). El mismo cardenal prefecto subraya: “La filosofía de la que hablamos rechaza la separación indebida entre la razón y la fe, esperando con interés la apertura de la primera hacia la segunda y la necesidad que tiene la segunda de recurrir a la ayuda de la primera”.

El documento (Preámbulo, n. 12) da un puesto de especial relieve a la filosofía de santo Tomás de Aquino, en cuanto que le reconoce su ejemplaridad. Es cierto que no existe “una filosofía oficial de la Iglesia, puesto que la fe como tal no es una filosofía” (FR, 76), pero no todas las filosofías son compatibles con la fe y con una razón adecuada a la verdad. Hay puntos esenciales obligados que el texto señala, por ejemplo, la filosofía del ser, la capacidad de la razón para descubrir una verdad objetiva y universal y un conocimiento metafísico válido; la unidad de alma y cuerpo en el hombre; la dignidad de toda persona humana; la importancia de la ley natural y de las fuentes de la moralidad, etc. (Preámbulo, n. 11).

En el nº 2.752 de Vida Nueva

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